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Tengo suspendido el contrato por regulación de empleo, ¿puedo trabajar en otra empresa?

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Si tienes suspendido el contrato por un expediente temporal de regulación de empleo (ERTE), puedes realizar otra actividad laboral, tanto por cuenta ajena como por cuenta propia. La suspensión de la relación laboral te supone a ti y a la empresa la liberación de las obligaciones respectivas de trabajar y remunerar el trabajo.
No obstante, deberás comunicar al Servicio Público de Empleo Estatal las colocaciones que tengas mientras percibes la prestación por desempleo, con el fin de suspender dicha prestación.
En el caso de que tu colocación sea a tiempo parcial, podrás solicitar la compatibilización de la prestación con el contrato a tiempo parcial, restándose de dicha prestación la parte proporcional al tiempo que trabajes.

Puedes comunicar tu colocación al Servicio Público de Empleo Estatal:

Más información en: “Me ha afectado un ERE o un ERTE”.