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Después de haber cobrado el pago único ¿puedo simultanear la actividad financiada con este con un trabajo por cuenta propia o ajena?

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La realización de trabajos por cuenta propia o ajena que inicies después de la capitalización de la prestación por desempleo estará sujeta a la normativa general sobre pluriempleo en lo que respecta a cotización, jornada, etc. 

No existe una prohibición que impida realizar varias actividades a la vez por haber obtenido previamente el derecho al pago único de la prestación.

Las cotizaciones por desempleo que hayas realizado después de reconocerte la capitalización de la prestación se te podrán tener en cuenta para obtener prestaciones en el futuro.