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Si interpongo procedimiento judicial contencioso contra sanción muy grave impuesta por la Inspección de Trabajo ¿se paraliza el procedimiento de reclamación del cobro indebido?

La resolución de sanción muy grave a propuesta de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, generalmente implica la obligación de devolver la cantidad percibida correspondiente a la prestación o subsidio extinguidos.

Contra la resolución desestimatoria del recurso de alzada sobre una sanción muy grave, cabe la posibilidad de presentar un recurso contencioso administrativo.

La presentación del recurso contencioso administrativo contra la sanción y el procedimiento que se inicia hasta su resolución, no paralizan por sí mismos el procedimiento de reclamación del cobro indebido consecuencia de la sanción.

Para que se paralice la reclamación del cobro indebido es necesario que pidas la suspensión de la ejecución, en el mismo escrito de interposición del recurso o posteriormente, pero siempre antes de que recaiga la sentencia del recurso contencioso, ya que después solo se puede cuestionar si cabe o no la ejecución de la propia sentencia.

En el caso de que exista dicha solicitud en el recurso, se suspenderá el procedimiento de reclamación de cobro indebido con independencia de la fase en que se encuentre, hasta que resuelva el Juzgado de lo Contencioso.

Una resolución del contencioso contraria a las pretensiones de la persona  interesada no impide que esta pueda reclamar contra la resolución de cobros indebidos ante el Juzgado de lo Social.