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Estoy cobrando el paro, ¿qué descuentos se pueden aplicar a su importe?

Del importe de su prestación por desempleo puede descontarse:

  • La retención del IRPF, establecida por la legislación fiscal vigente en cada momento, según el importe total anual que vayas a percibir en concepto de prestaciones de desempleo.
  • La aportación a la Seguridad Social, ya que durante la prestación por desempleo el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) ingresará las cotizaciones a la Seguridad Social, asumiendo la aportación empresarial y descontando de la cuantía de la prestación la aportación de la persona trabajadora, quien asume el pago del 100 % de la cuota que le corresponda.

En el caso de las personas trabajadoras fijas del Sistema Especial Agrario de la Seguridad Social la reducción será del 73,50%.

  • Una orden de embargo.
  • La compensación de una cantidad que pueda adeudar al Servicio Público de Empleo Estatal por haber percibido indebidamente prestaciones de desempleo.