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El Instituto Nacional de Empleo y los servicios públicos de empleo de las comunidades autónomas, tienen asignada como una de las competencias esenciales la de facilitar la inserción y promoción de los trabajadores en el mundo laboral para lo que realizan acciones de muy variada naturaleza tendentes a mejorar su posibilidad de ocupación.
Para que gestionen su inserción, reinserción o promoción en la actividad laboral, el trabajador debe formalizar una demanda de empleo en la Oficina de Empleo correspondiente a su domicilio.
La demanda debe renovarse periódicamente. El incumplimiento de este requisito da lugar a que su demanda cause baja.
La condición de demandante no equivale a la de trabajador en paro. Los criterios estadísticos para la medición del paro registrado se establecen en la Orden Ministerial del 11 de Marzo de 1985 (B.O.E. del 14/03/1985).
La información para la confección de la presente estadística se obtiene el último día hábil de cada mes de la Base de Datos Corporativa actualizada en tiempo real por todas las Oficinas de Empleo del Instituto Nacional de Empleo, del Instituto Social de la Marina y de las Comunidades que tienen transferidas las competencias en Políticas Activas de Empleo.
Son las inscripciones como demandantes formalizadas por las Oficinas de Empleo durante el período de referencia.
Se incluyen en este concepto las demandas canceladas durante el período de referencia.
Se entiende como causa de la baja la circunstancia que la motiva. Se desglosan las siguientes causas de baja
Otras causas: En este concepto se engloban todas las causas no contempladas anteriormente tal como baja voluntaria, fin de expediente de regulación de empleo, fin de período de inactividad de trabajadores fijos discontinuos, no comparecer reiteradamente a llamamientos de la Oficina para acciones de inserción laboral o rechazar reiteradamente acciones de inserción laboral propuestas por la Oficina de Empleo, etc...
Son las demandas en situación de alta existentes en la base de datos corporativa en la fecha de extracción de la información.
El paro registrado está constituido por el total de demandas en alta existentes a fin de mes, excluyendo las que correspondan a las situaciones descritas en el punto siguiente.
De acuerdo con el contenido de la Orden Ministerial de 11 de Marzo de 1985 (B.O.E. de 14/03/1985) por la que se establecen criterios estadísticos para la mediación del Paro Registrado, se excluyen de éste todas aquellas demandas que al final del mes de referencia se encuentran en alguna de las siguientes situaciones:
Los demandantes no parados pueden serlo por más de una causa (ejemplo: demanda suspendida y estudiante).
En las tablas de causa de exclusión del paro, los demandantes en los que se produzca esta circunstancia, están incluidos solamente en una de ellas, jerarquizada según el orden en el que aparecen en las tablas las distintas causas.
Son los puestos de trabajo ofrecidos por Empresas y Organismos públicos o privados registrados en las Oficinas de Empleo durante el período de referencia, para que la Oficina gestione su cobertura con los demandantes idóneos.
Son las cancelaciones de puestos ofrecidos que se producen durante el período de referencia.
Las bajas pueden tener lugar por haberse ocupado el puesto por un trabajador, en cuyo caso se trata de una baja por colocación, o por otras causas distintas a la colocación, en cuyo caso se clasifica como baja por otras causas.
Son los correspondientes a las ofertas de empleo registradas en los servicios públicos de empleo que se encuentran a final de mes en alguna de las siguientes fases de su gestión antes de causar baja:
Son los puestos de trabajo cubiertos por trabajadores durante el período de referencia. La colocación puede realizarse según dos vías distintas:
Es el tiempo transcurrido en meses desde la fecha en que se produjo el alta hasta la fecha en que se produce la situación que se refleja en la tabla correspondiente (Baja o demanda pendiente).
Es la relación, en las colocaciones gestionadas, entre el sector actividad económica de origen del demandante y el del puesto en que se coloca.
Las edades reflejadas en las distintas tablas son la reales de los demandantes en el momento de producirse el hecho tabulado (alta, baja o colocación) o la extracción (demandas pendientes).
Las edades se agrupan en los siguientes tramos, en años:
Hasta el año 2002.
Los niveles de estudios reflejados en las tablas se refieren a los contenidos en la base de datos en el momento de producirse el hecho tabulado o la extracción. Se clasifican según los siguientes grupos:
Desde el año 2003.
Se indica el nivel de estudios terminados contenido en la base de datos en el momento de producirse el hecho tabulado o la extracción, aplicando la Clasificación Nacional de Educación 2000 (C.N.E.D. 2000) publicada en el B.O.E. número 58 de 8 de marzo.
Los datos para la nueva clasificación por nivel de estudios se obtienen de las bases de datos actuales del Inem, que todavía recogen la información con los códigos antiguos y están adaptándose a la nueva clasificación y son recodificados según la siguiente tabla de conversiones:
| Nivel de estudios actual | Nivel de estudios antiguo |
|---|---|
| Analfabetos | Sin estudios |
| Estudios primarios incompletos | Estudios primarios sin certificado |
| Estudios primarios completos | - |
| Estudios secundarios | - |
| Programas de formación profesional | FP I |
| FIP sin titulación | |
| FIP con sec. primera etapa | |
| FP de grado medio | |
| Música-danza de grado medio | |
| FIP con sec. segunda etapa | |
| Educación General | - |
| Primera etapa sec. sin título | Certificado escolar |
| Graduado escolar | E.G.B. |
| Bachillerato | B.U.P. |
| Estudios postsecundarios | - |
| Técnico-profesionales superiores | - |
| FP de grado superior | FP II |
| FP de grado superior | |
| Otras titulaciones FP | Otras titulaciones FP |
| FIP con FP de grado superior | - |
| Primer ciclo | - |
| Diplomatura o equivalente | Título de grado medio |
| Segundo y tercer ciclo | - |
| Licenciatura o equivalente | Título de grado superior |
| Doctorado universitario | - |
| Otros | - |
| Especialización | - |
| Postgrado | - |
| FIP con título universitario | - |
| Título propio universitario | - |
Clasificación Nacional de Educación 2000 (CNED 2000). Clasificación de programas en niveles de formación, publicada en el BOE nº 58, de 8 de Marzo.
Ciudadanía 901 119 999
Empresas 901 010 121