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Soy persona perceptora de prestación por desempleo ¿puedo exportar mi prestación a UK para buscar trabajo?

A partir del 1 de enero de 2021 no puede autorizarse la exportación de la prestación a UK a las personas españolas ni a las nacionales de otros Estados de la Unión Europea que desde el 31/12/2020 y hasta la fecha en la que la soliciten, se encuentren residiendo y trabajando en España, pues no estarían en ninguno de los supuestos protegidos por el art. 30.1 del Acuerdo de Retirada.