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Traducción automática

El presente sitio Web está traducido a varias lenguas españolas oficiales en sus respectivos territorios, de conformidad con lo establecido en el artículo 3 de la Constitución Española de 1978 y sus Estatutos de Autonomía.

Las lenguas son el catalán, el euskera, gallego, valenciano, inglés y francés. Se advierte que, con carácter general, puede existir un desfase entre la versión en castellano y en las otras lenguas, derivado del proceso de traducción a las mismas.

Con más de una cuenta de cotización (CCC), ¿cuántas solicitudes de autorización puedo hacer?

Cada empresa (CIF/NIF/NIE) realizará una única solicitud de autorización, incluso aunque tenga asociados varios Códigos de Cuenta de Cotización (CCC).

En la solicitud consignarás además del CIF/NIF/NIE, el CCC que desees.

Una vez concedida la autorización por el Servicio Público de Empleo, podrás realizar comunicaciones a través de la aplicación Contrat@ para cualquier CCC de esa empresa siempre que éste figure en la Base de datos de la Seguridad Social, sin tener que realizar ningún trámite más.