Resumen
Se analiza el contenido de la Recomendación del Consejo de la Unión Europea sobre las Microcredenciales, como instrumento de accesibilidad y validación de las formaciones cortas y que permiten una flexibilidad y actualización de los conocimientos, capacidades y competencias, para contribuir a los procesos de aprendizaje permanente y de mejora de la empleabilidad. Además, se concreta y describen los potentes instrumentos del Sistema Nacional de Empleo para su implementación ágil.
1. Introducción
El título de este artículo viene a trasladar lo señalado en la Recomendación del Consejo de la Unión Europea de 16 de Junio de 2022.
La Recomendación se alcanza tras el largo e intenso proceso previo de consulta pública y participación activa de los Estados miembro y de los actores representativos del mundo del trabajo y de la formación, sobre las Microcredenciales.
La primera de las conclusiones es la necesidad del enfoque europeo y de la puesta al día continua de las competencias, capacidades y conocimiento en un mercado laboral cambiante y en el que los cambios se aceleran a velocidades vertiginosas, muy marcadas por los retos de la transformación digital y la transición ecológica.
De alguna manera puede decirse que en España, nuestra idea pionera de la formación continua, un poderoso fruto del diálogo social, que ha ido teniendo diferentes denominaciones a lo largo de los últimos 35 años, se viene también a actualizar y se impulsa su propia adecuación, a través de la búsqueda de los instrumentos más útiles para hacerla viable en cada uno de los estados miembro.
Nadie duda acerca de la importancia de la actualización permanente en las competencias laborales para lograr un mejor desempeño en el puesto de trabajo, y para evitar que la falta de estas competencias lastre a las personas trabajadoras dejándolas atrás. Igualmente, para las empresas es esencial conocer las necesidades de actualización de sus procesos y métodos de producción y provisionamiento de servicios, que derivan en profundos cambios en la organización del trabajo.
Es por ello imprescindible el liderazgo de las administraciones públicas concernidas y particularmente de las administraciones laborales, por supuesto también de las educativas. Este liderazgo para ser consistente, inspirador y sólido debe desarrollarse de manera compartida en el marco del diálogo social, en el que personas trabajadoras y empresas se sitúen en el centro de las prioridades.
2. Microcredenciales
Pero, ¿de qué hablamos cuando hablamos de Microcredenciales? La Recomendación aplica una definición clara en el apartado 5, letra a) y recomienda a los Estados miembros que la adopten y fomenten su uso. “Microcredencial: el registro de los resultados del aprendizaje que ha obtenido un aprendiente a raíz de un pequeño volumen de aprendizaje, Dichos resultados se habrían evaluado con arreglo a criterios transparentes y claramente definidos. Las experiencias de aprendizaje, que dan lugar a la obtención de microcredenciales están diseñadas para proporcionar al aprendiente conocimientos, capacidades y competencias específicos, que responden a las necesidades sociales, personales, culturales o del mercado de trabajo. Las microcredenciales son propiedad del aprendiente, se pueden compartir y son portátiles. Pueden ser independientes o acumularse en credenciales más amplias. Están respaldadas por una garantía de calidad con arreglo a normas acordadas en el sector o ámbito de actividad pertinente”.
La Recomendación a los Estados miembros para dotar este enfoque europeo pretende lograr los objetivos, establecidos en su apartado 1, letras a), b) y c), de facilitar a las personas que adquieran, actualicen y mejoren sus conocimientos, capacidades y competencias, para progresar en un mercado laboral y una sociedad cambiante, de manera que puedan beneficiarse de una recuperación socialmente justa y sostenible; apoyar la preparación de los proveedores de microcredenciales en aras a mejorar la calidad, transparencia, accesibilidad y flexibilidad de la oferta de aprendizaje para crear itinerarios de aprendizaje y profesionales personalizados; y fomentar la inclusión, el acceso y la igualdad de oportunidades, y contribuir a la consecución de la resiliencia, la justicia social y la prosperidad para todos en un contexto de cambios demográficos y sociales y durante todas las fases de los ciclos económicos.
No cabe duda que este enfoque para lograr unas microcredenciales bien diseñadas deben utilizarse también para articular medidas específicas dirigidas a segmentos más amplios de población, contribuyendo a la mayor inclusión laboral y social, haciendo más accesible el aprendizaje para personas con discapacidad, personas mayores, personas con baja cualificación, minorías, personas de origen migrante, refugiadas y personas con menos oportunidades debido a una situación geográfica o socio económica desfavorecida.
También las microcredenciales pueden ayudar a orientar mejor a los estudiantes y pueden apoyar el desarrollo profesional de personas con formas de trabajo atípicas.
El diálogo social sectorial e intersectorial han de estar en la base del diseño y gestión de las microcredenciales. El conocimiento de las realidades del mundo del trabajo es imprescindible para garantizar la capacidad anticipatoria en la detección de las necesidades formativas derivadas de esas nuevas realidades tanto desde el punto de vista sectorial, como Inter sectorial, abarcando el conocimiento de las competencias requeridas en el plano técnico profesional, y en el plano transversal asociado a competencias y habilidades de desarrollo personal como la capacidad de liderazgo, trabajo en equipo, creatividad e innovación, resolución de problemas y otras que en la actualidad son valoradas por la empresa a la hora de seleccionar las candidaturas a los diferentes puestos de trabajo, así como las competencias lingüísticas y digitales cuya actualización y perfeccionamiento es un campo idóneo para las Microcredenciales,
En este sentido la Recomendación es clarísima, en su apartado 8, letra a) recomienda a los Estados miembros que apoyen el desarrollo de las Microcredenciales en los entornos del aprendizaje formal e informal y señala, entre otras cosas, el apoyo al diseño y emisión de Microcredenciales por proveedores distintos a los que figuran en el apartado 7 (instituciones del mundo educativo y de formación profesional), de manera que los proveedores puedan incluir a empresas, interlocutores sociales, organizaciones de la sociedad civil, autoridades locales, centros comunitarios, asociaciones profesionales, organizaciones de investigación e innovación y proveedores privados.
Asimismo recomienda, en las letras b) y c) del apartado 8, mencionado arriba, el fomento del desarrollo de Microcredenciales diseñadas y acordadas por los representantes de los empresarios y los trabajadores a través del diálogo social, cuando proceda; y el estudio y adaptación de los procedimientos de reconocimiento del aprendizaje previo y de validación del aprendizaje no formal e informal para la concesión de Microcredenciales.
Uno de los retos en la base del éxito de los procesos de aprendizaje permanente, se encuentra en la calidad y la transparencia de sus acciones, en este caso de las Microcredenciales, por ello la Recomendación se ocupa de alentar los mecanismos de garantía de calidad para las Microcredenciales expedidas por diferentes operadores , y recomienda hacer uso de las mecanismos existentes siempre que sea posible, volveré sobre esta cuestión más adelante, dada la enorme potencialidad de los instrumentos actuales que funcionan en el marco del Sistema Nacional de Empleo.
Junto a la garantía de calidad, la flexibilidad es una condición indispensable para lograr hacer accesible la formación al conjunto de las personas trabajadoras, más allá de su situación laboral o las transiciones en las que se encuentren, incluidas las personas trabajadoras a tiempo completo (mayoritarias) y especialmente aquellas que tienen mayores dificultades para su acceso, que representan un amplio abanico de situaciones desde profesionales con jornadas completas y alta intensidad, personas trabajadoras autónomas y de microempresas, hasta personas en situaciones de vulnerabilidad que se ven impedidas de acceder a la formación como consecuencia de sus condiciones, lo que a su vez abunda en la profundización de las diferentes brechas, socioeconómicas, de género, de edad y territoriales.
Por ello es especialmente relevante tener en consideración que las Microcredenciales podrán impartirse y completarse en presencial, online o en un formato mixto.
La adquisición de nuevas competencias y la actualización permanente de las ya adquiridas es un elemento que facilitas la participación social activa y el desarrollo personal y profesional, de manera que reforzar todos los instrumentos para hacer más accesible esta participación es una tarea que fortalecerá esa idea central de la empleabilidad sostenible, cuya carga de responsabilidad no es individual y exclusiva de la persona trabajadora, como torticeramente en ocasiones se ha tratado de manejar el término empleabilidad, sino del conjunto de los actores del mundo del trabajo y de las administraciones competentes, cuya cooperación y sinergias son también imprescindibles para avanzar en este objetivo común del enfoque europeo.
Es importante no perder de vista que las Microcredenciales son singularmente de gran utilidad para los trabajadores y trabajadoras que quieren aprovechar sus conocimientos sin completar un programa completo de educación superior, así como para aquellas personas trabajadoras, que, con independencia de su situación laboral, decidan mejorar sus competencias y capacidades, bien sea para avanzar en su empleabilidad y como consecuencia de las nuevas demandas del mundo del trabajo, bien sea para su desarrollo profesional o personal y su garantía del derecho a la elección de profesión, tan vinculado al derecho a la formación.
Reforzar la vinculación de la orientación profesional para empleo con el detallado conocimiento del mercado laboral, y muy particularmente de las nuevas competencias demandadas, con una capacidad de actualización permanente, pone de manifiesto la importancia y necesidad de desarrollo de un sistema de formación permanente para las personas técnicas en orientación, que, a su vez, permitirá el asesoramiento y orientación eficaz y continuado a las personas trabajadoras, y a las empresas. Así, se recomienda velar porque la información y el asesoramiento sobre la identificación y la selección de las Microcredenciales se incorporen a los servicios de orientación sobre el aprendizaje permanente. Aquí se incluyen servicios de orientación en centros de orientación profesional en instituciones de educación superior, servicios públicos de empleo (SPE), servicio privados de empleo, servicios sociales y otros servicios de orientación, empleo, carrera profesional, educación y formación, asesoramiento.
La reducción de la brecha entre la educación formal y las necesidades y oportunidades laborales, de un mercado de trabajo en constante y veloz evolución, ha venido a encontrar en el enfoque europeo que propone la Recomendación un soporte esencial para afrontar esta reducción de brechas a través de las Microcredenciales.
El planteamiento de las Microcredenciales como oportunidad para complementar y mejorará los ecosistemas de educación, formación, aprendizaje permanente y empleabilidad, sin alterar los sistemas de educación inicial, superior y de educación y formación profesional .
Así, en el apartado 12 se recomienda a los Estados miembros que, cuando proceda, integren las Microcredenciales en sus políticas de empleo y políticas activas del mercado de trabajo (es decir, los servicios de empleo, el apoyo a la formación y los incentivos al empleo), en particular mediante el uso de Microcredenciales para abordar los desajustes y cuellos de botella en materia de capacidades en determinados sectores económicos y regiones; perfeccionar y reciclar a los trabajadores para las capacidades y los empleos que demanda el mercado de trabajo, en particular en el contexto de las transiciones digital y ecológica.
En el mencionado apartado se plantea literalmente la inclusión de la formación que genere Microcredenciales en las oportunidades de formación reconocidas que puedan vincularse a cuentas individuales de aprendizaje, la promoción y el uso de las Microcredenciales como medio para actualizar y mejorar las capacidades de los trabajadores autónomos y de los trabajadores no convencionales, incluidas las personas que trabajan a través de plataformas y pymes; el estudio del uso de las Microcredenciales en iniciativas específicas para apoyar y motivar a los grupos desfavorecidos y en situación de vulnerabilidad a para reincorporarse al mercado de trabajo o para seguir trabajando; el estudio en los sistemas para aplicar la Garantía juvenil reforzada con el fin de apoyar a los jóvenes en particular en la formación preparatoria y en ofertas de educación o formación continuas de buena calidad, el estudio del papel de las Microcredenciales en el marco de la aplicación nacional de la Recomendación sobre un apoyo activo eficaz para el empleo tras la crisis COVID-19 (EASE), o el estudio del uso de las Microcredenciales para apoyar el desarrollo profesional de los trabajadores y cumplir los requisitos obligatorios de perfeccionamiento y reciclaje profesional en determinados empleos y tipos de trabajo.
Los diez principios europeos inspiradores aplicables a la concepción y la expedición de Microcredenciales, recogido en el Anexo II de la Recomendación, encuentran un encaje perfecto tanto en la nueva Ley de Empleo, como en los avances desarrollados en la Mesa de Diálogo Social para la futura Ley de Formación en el Trabajo. Los principios mencionados de Calidad, Transparencia, Pertinencia, Validez de la evaluación, Itinerarios de aprendizaje, Reconocimiento, Portabilidad, Enfoque centrado en el aprendiente, Autenticidad, Información y orientación.
De esta manera, en mi opinión, España está en condiciones de cumplir con el apartado 21 de la Recomendación en el sentido de aplicarla lo antes posible y en todo caso informar a la Comisión, a más tardar en diciembre de 2023, de las medidas correspondientes que daban adoptarse al nivel adecuado para apoyar los objetivos de la Recomendación.
3. Microcredenciales en el marco de Sistema Nacional de Empleo
En el marco de Sistema Nacional de Empleo, ecosistema en el que me centraré, más allá de las responsabilidades de otros actores del sistema educativo y otros, existen fortalezas muy poderosas para llevar adelante el enfoque europeo de las Microcredenciales. De ellas, son especialmente relevantes:
- El Observatorio de las Ocupaciones
- El Catálogo de Especialidades Formativas del Sistema Nacional de Empleo
- El Registro Estatal de Entidades Formativas
- El expediente laboral personalizado único
- La red de Centros de Orientación, Emprendimiento e Innovación para el Empleo
- La Fundación Estatal para la Formación en el Empleo (FUNDAE)
- El Plan de Acción 2021-2027 de Garantía Juvenil+ de trabajo digno para las personas jóvenes.
El Observatorio de las Ocupaciones del SEPE, lidera el análisis de la evolución del mercado de trabajo y particularmente las Ocupaciones y Necesidades Sectoriales y tiene a disposición del SNE y del conjunto del país una red de informantes clave y metodologías asentadas que le permiten cumplir su misión de análisis de situación, tendencias y necesidades formativas del mercado laboral.
Desde el Observatorio se investigan los requerimientos que demanda el mercado de trabajo para las actividades con mayor presencia o mejores perspectivas, fomentando su difusión para que puedan constituir la base de las políticas de empleo y formación.
El Observatorio dispone de informes sobre el contenido de las ocupaciones, sectores de actividad a, necesidades de formación y colectivos de interés para el empleo. Particularmente relevantes son sus informes sobre necesidades formativas de las ocupaciones, perfiles de las ofertas de empleo, informe sobre el mercado de trabajo, informes y estudios sobre tendencias del mercado de trabajo, estudios sobre movilidad de las personas trabajadoras y estudios prospectivos sectoriales.
Además, el Observatorio está en un proceso de aplicación y desarrollo de IA a sus tareas, así como de dinamización, difusión de la información y generación de sinergias, tanto con otros Observatorios, como con distintos procesos en los que participa de manera coordinada en el marco del SEPE y de la FUNDAE como es el proceso de Detección de Necesidades Formativas, desarrollado en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
El Catálogo de Especialidades Formativas, regulado en la Orden TMS/283/2019, de 12 de marzo, es un instrumento de transparencia y difusión del sistema integrado de la formación profesional para el empleo, tiene validez y se aplica en todo el territorio nacional y contiene toda la oferta formativa desarrollada en el marco del Sistema Nacional de Empleo.
Es el instrumento idóneo para alojar e identificar las Microcredenciales, al estar integrados por especialidades formativas que configuran la oferta formativa, teniendo en cuenta sus distintas modalidades de impartición, presencial, teleformación y mixta. Entendiendo por especialidad formativa la agrupación de competencias profesionales, contenidos, y especificaciones técnicas que responde a un conjunto de actividades de trabajo enmarcadas en una fase del proceso de producción y con funciones afines, o a la adquisición de competencias transversales para el desempeño adecuado en el entorno y contexto profesional.
El Catálogo, mostrando su capacidad anticipatoria, ya incluyó los itinerarios formativos que se establezcan mediante la combinación de distintas especialidades formativas.
Cada especialidad formativa está caracterizada por unas variables de identificación y unas especificaciones técnico-pedagógicas sobre la formación correspondiente a la misma, que, entre otros aspectos, incluyen especificaciones relativas a requerimientos mínimos tanto de personal docente como de los participantes, instalaciones, equipamientos necesarios y evaluación, siendo claves estos aspectos para dar respuesta a las recomendaciones del enfoque europeo.
Así mismo, el Catálogo de Especialidades Formativas incluye la previsión para su desarrollo y actualización, respondiendo con ello de forma ágil a las necesidades de formación de las personas trabajadoras, de las empresas y del sistema productivo, considerando las demandas de formación de sectores y ocupaciones emergentes. Para ello tiene en cuenta los resultados de la detección y la prospección de necesidades formativas que realiza el Observatorio de las Ocupaciones, en coordinación con las Comunidades Autónomas y los interlocutores sociales y en particular los órganos paritarios sectoriales. De manera que está concebido y participado por todos los actores que en este ámbito deben intervenir también para el desarrollo de las Microcredenciales.
El Registro Estatal de Entidades Formativas
El Registro Estatal de Entidades Formativas, regulado en la Orden TMS/369/2019, de 28 de marzo, establece los procesos comunes para la inscripción de las entidades formativas para impartir especialidades formativas incluidas en el Catálogo de Especialidades Formativas, y por ende es susceptible de incluir entre ellas a las entidades Formativas que opten por desarrollar especialidades formativas que se constituyan en microcredenciales.
Establece los requisitos de las entidades formativas para la inscripción, así como el compromiso en el caso de especialidades formativas del Catálogo de cumplimiento del programa formativo que éstas incluyen.
En el Anexo I de la Orden TMS/369/2019, se especifican los datos comunes que configuran el Registro Estatal de Entidades de Formación, que serían de gran utilidad en el proceso de registro de las microcredenciales, incluyen desde los datos identificativos de los centros, así como de las plataformas de teleformación, en su caso, las especialidades formativas que imparten, los indicadores sintéticos de evaluación de la calidad y la referencia a la documentación precisa para el seguimiento y control de la actividad formativa.
Tal y como establece la Recomendación para el enfoque europeo de las Microcredenciales, el Registro se constituye también en un elemento de transparencia, tiene validez para todo el Estado y facilita la participación de proveedores públicos y privados en la impartición de acciones formativas, lo que es muy importante para el objetivo de participación de estos proveedores en la implementación y extensión de las Microcredenciales. Se puede complementar el actual Registro con una base de datos de empresas que imparten formación bonificada, para el caso de aquellas que decidan constituirse como microcredenciales. Este aspecto sin duda habría de ser uno de los ejes centrales del diálogo social y descansar sobre acuerdos de la Negociación Colectiva Sectorial.
El expediente laboral personalizado único
La Estrategia Española de Apoyo Activo al Empleo 2021-2024, aprobada mediante RD 1069/2021, de 4 de diciembre, consensuada con las 17 Comunidades Autónomas y en la que los interlocutores sociales tuvieron la oportunidad de participar en los Grupos de Trabajo Técnicos, que fueron base para su elaboración, y que constituye un hito como precedente de la flamante Ley de Empleo, al establecerse en la Estrategia los elementos que inspiran la nueva generación de las políticas activas de empleo tras su reforma e impulso modernizador, a saber: El enfoque centrado en las personas y en las empresas, la Coherencia con la transformación productiva , la Orientación hacia resultados de los servicios y programas que articulan las políticas de empleo, la Mejora de las capacidades de los Servicios Públicos de Empleo y el Refuerzo de la Gobernanza y cohesión del Sistema Nacional de Empleo.
Pues bien, dentro del objetivo estratégico 4 de Mejora de las capacidades de los servicios públicos de empleo, se establece el expediente laboral personalizado único, como una de las medidas del objetivo específico 1 para Diversificar los canales de prestación d ellos servicios del Sistema Nacional de Empleo, impulsando la accesibilidad a estos para asegurar su provisión continua, personalizada e inclusiva.
Este expediente personalizado integrará los datos históricos de la situación laboral de las personas con origen en los servicios públicos de empleo (demanda, servicios recibidos, formación, contratos, prestaciones por desempleo) y en la vida laboral de la Seguridad Social. Siendo este expediente la base natural para la futura Cuenta Individual de Aprendizaje, que a su vez integrará, entre otras acciones formativas, las Microcredenciales.
La Red de Centros de Orientación, Emprendimiento e Innovación para el Empleo
La mencionada Estrategia Española de Apoyo Activo al Empleo, en su objetivo estratégico 1 Enfoque centrado en las personas y en las empresas, incluye la creación de esta Red de Centros, como una de las medidas en su objetivo específico 3 sobre las Políticas Activas de Empleo en los nuevos servicios públicos de empleo.
En concreto plantea la puesta en marcha de los nuevos Centros de Orientación, Emprendimiento e Innovación para el Empleo, de acuerdo con su normativa reguladora, dentro del programa de Orientación, Emprendimiento e Innovación para el Empleo previsto en el Real Decreto por el que se regulan los programas comunes de activación para el empleo del Sistema Nacional de Empleo, RD 818/2021.
El Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia ha hecho posible gracias a la financiación con fondos Next Generation en el marco de la Inversión 5 del Componente 23, hacer una realidad esta importante Red de Centros (al menos 1 por CCAA, uno en cada una de las Ciudades Autónomas de Ceuta y de Melilla y un COE estatal, que impulsa y planifica los ejes de actuación de los Planes de Trabajo Anuales de los Centros).
Esta importante Red de Centros, ya calificada, está permitiéndonoslo avanzar en la evaluación de los programas de orientación, prospección e intermediación laboral, la experimentación e innovación en nuevas políticas activas de empleo, el impulso al desarrollo de iniciativas de emprendimiento, calificadas como buenas prácticas de empleo, para el benchmarking y la mejora continua, el diseño de nuevos modelos de orientación personalizada, promueve la mejora de la función de las personas técnicas orientadoras para el empleo y de asistencia al autoempleo, a través de iniciativas de formación, muy particularmente vinculadas a los procesos de transformación digital y a las nuevas oportunidades de empleo. Tal y como también recomienda el Consejo para la implementación de las Microcredenciales. Siendo, por tanto, un espacio físico y virtual excelente para el diseño e impulso a par la implantación de las Microcredenciales. En los Consejos Sociales de dichos Centros participan los interlocutores sociales más representativos en los ámbitos territoriales correspondientes, lo que les dota de esa mayor capacidad, transparencia y capilaridad hacia trabajadores y empresas.
La Fundación Estatal para la Formación en el Empleo (FUNDAE)
La FUNDAE es una Fundación perteneciente al sector público estatal, sin ánimo de lucro. Es la entidad colaboradora del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) en el ámbito de la formación profesional para el empleo en el ámbito laboral. Tiene entre sus fines la mejora de la formación de las personas trabajadoras, la adaptación de los trabajadores y de las empresas a la evolución de la sociedad basadas en el conocimiento y la contribución a asegurar la formación a lo largo de toda la vida.
Es por ello una pieza angular para el logro del sistema de Microcredenciales, aporta una experiencia desde el propio nacimiento del sistema de formación profesional para el empleo hasta nuestros días. Su carácter tripartito, con el protagonismo central de las organizaciones sindicales y empresariales, junto a la participación en su Patronato de otros órganos de la Administración General del Estado y de las CCAA, así como la participación en el diseño de los procesos formativos por parte de los órganos paritarios sectoriales de la Negociación Colectiva, hacen que junto a su solvencia, capacidad de innovación y de gestión de sus equipos técnicos, la Fundación sea junto con el SEPE, el gran instrumento de carácter técnico para el impulso a la implantación del sistema de microcredenciales en el marco del Sistema Nacional de Empleo.
El Plan de Acción 2021-2027 de Garantía Juvenil+ de trabajo digno para las personas jóvenes
El Plan de Acción, publicado en BOE el 25 de junio de 2021, sirve de referencia para las entidades vinculadas al Sistema Nacional de Garantía Juvenil en el mismo período y permite, al haberse adherido las 17 Comunidades Autónomas al mismo, constituirse como la Estrategia Nacional de Empleo Joven, lo que ha facilitado acordar los fondos del FSE+ destinados al empleo juvenil.
Es también una herramienta esencial en la consecución de los ODS específicamente los ODS 5 y 8 de la Agenda 2030.
Este Plan que consta de 69 Medidas distribuidas entre sus seis Ejes de actuación: Orientación, Formación, Oportunidades de Empleo, Igualdad de Oportunidades en el acceso al empleo, Emprendimiento y Mejora del Marco institucional.
Y es precisamente en el eje Formación, donde entronca la recomendación para el enfoque europeo de las Microcredenciales que de manera específica señala la importancia de su vinculación con la Garantía Juvenil. Sin ánimo de exhaustividad, puede decirse que las Microcredenciales tienen un encaje oportuno en las Medidas 20, 21, 22 y 25 a 37 inclusive del Eje 2.Formación, que abarcan desde la conexión entre la escuela y la empresa, a la intensificación de la colaboración dinámica en la formación por parte de las asociaciones empresariales, el refuerzo de los observatorios ocupacionales, el espacio virtual de formación o las iniciativas de formación sectoriales energías renovables, escuela digital, turismo rural y dinamización comunitaria, integración laboral a través de formación deportiva y en actividades d Rocío yo tiempo libre, o configuración de talleres de alfabetización digital, entre otros, así como en las medidas del Eje 1 Orientación del Plan de Garantía Juvenil +.
Con el recorrido realizado a lo largo de este artículo tanto del contenido de la Recomendación del enfoque europeo para el aprendizaje permanente y la empleabilidad, a través de las microcredenciales, he tratado de sintetizar, como aportación, los retos y oportunidades que se abren desde el punto de vista del espacio del Sistema Nacional de Empleo, para su implantación en España.
El Pilar Europeo de los Derechos Sociales identifica un ámbito específico de “Apoyo activo para el empleo”, que prevé el derecho de cada persona a recibir asistencia personalizada y oportuna a fin de mejorar sus perspectivas de empleo o trabajo autónomo. Esto incluye el derecho a recibir ayuda para la búsqueda de empleo, la formación y el reciclaje, así como la protección social y la formación durante las transiciones profesionales. Sin duda, las Microcredenciales hacen operativos aspectos esenciales que permitirán el ejercicio efectivo de este derecho.