Cita Previa Sede electrónica

Subvenciones públicas para programas de formación estatales, dirigidos a las personas ocupadas del ámbito sectorial del Turismo

  • 16 de marzo de 2021
  • Política de Empleo - PRTR

Extracto de la Resolución de 4 de marzo de 2021, del Servicio Público de Empleo Estatal, por la que se aprueba la convocatoria para la concesión de subvenciones públicas para la ejecución de programas de formación de ámbito estatal, dirigidos prioritariamente a las personas ocupadas del ámbito sectorial del Turismo, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia

Marco normativo

Esta convocatoria se desarrollará en el marco del Plan Nacional de Recuperación,  Transformación y Resiliencia, en el que el Ministerio de Trabajo y Economía Social y el Servicio Público de Empleo Estatal participan de forma relevante en el componente 23 “Nuevas políticas públicas para un mercado de trabajo dinámico, resiliente e inclusivo”, encuadrado en el área política VIII “Nueva economía de los cuidados y políticas de empleo”.

Objeto y ámbito de aplicación.

Las subvenciones que se concedan al amparo de esta convocatoria tendrán como finalidad la financiación de programas de formación de ámbito estatal destinados a la recualificación profesional de los trabajadores ocupados del ámbito sectorial del turismo, que engloba los sectores de la Hostelería, las Agencias de viajes, el Alquiler de vehículos, el Transporte de viajeros por carretera, el Transporte aéreo, las Empresas organizadoras del juego del bingo y el de Elaboradores de productos cocinados para su venta a domicilio, orientados a la adquisición y mejora de competencias profesionales relacionadas con los requerimientos de productividad y competitividad de las empresas, con las necesidades de adaptación a los cambios necesarios del sistema productivo y a las posibilidades de promoción profesional y desarrollo personal de los trabajadores, a fin de contribuir al relanzamiento y mejora de la competitividad de la industria turística tras el dramático impacto que la crisis desencadenada por la pandemia del COVID-19 ha ocasionado.

Participantes en los programas de formación

Podrán participar en los programas de formación previstos en esta convocatoria:

  • Los trabajadores ocupados de los sectores del ámbito sectorial del turismo que presten sus servicios retribuidos en empresas o en entidades públicas no incluidas en el ámbito de aplicación de los acuerdos de formación en las Administraciones públicas y coticen a la Seguridad Social en concepto de formación profesional.
  • Los trabajadores ocupados de los sectores del ámbito sectorial del turismo que se encuentren en alguna de las siguientes situaciones: fijos discontinuos en los períodos de no ocupación, personas que accedan a situación de desempleo cuando se encuentren en período formativo o personas afectadas por expedientes de regulación de empleo (ERE), por medidas temporales de suspensión de contrato en sus periodos de suspensión de empleo (ERTE), de acuerdo con lo establecido en el artículo 47 del Estatuto de los Trabajadores. Según establece el artículo 47.4 de dicho Estatuto de los Trabajadores, podrán participar en las acciones formativas los trabajadores durante las suspensiones de contratos, con independencia de que la suspensión haya sido por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción o derivadas de fuerza mayor. En este caso, los trabajadores no tendrán la consideración de desempleados, al mantener vigente, aunque suspendida, su relación laboral con la empresa.
  • Los trabajadores ocupados adscritos al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, que desarrollen su actividad en el ámbito sectorial del turismo.
  • Las personas trabajadoras en situación de desempleo, inscritas como demandantes de empleo en los Servicios Públicos de Empleo. Su participación no podrá superar el 30 por ciento del total de participantes certificados en la justificación del programa y podrán ser beneficiarias de las becas y ayudas previstas en el artículo 8, previa solicitud de las mismas. No será precisa la inscripción como demandante de empleo cuando una norma específica así lo prevea, y en particular en el supuesto de jóvenes inscritos en el Fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, salvo que sea solicitante de beca o ayuda de las establecidas en el artículo 8 de esta convocatoria, en cuyo caso deberá estar inscrito como demandante de empleo.
  • El personal perteneciente a las entidades beneficiarias y proveedoras de formación del ámbito sectorial del turismo podrá participar en los programas de formación previstos en esta convocatoria, con un límite máximo de un 10 por ciento del total de participantes certificados en la justificación del programa, sin superar, en ningún caso el límite del 10 por ciento del total de sus trabajadores en plantilla.
  • En estos programas también podrán participar las personas trabajadoras de sectores en crisis, que se encuentren afectadas por expedientes de regulación de empleo (ERE) y las personas trabajadoras afectadas por medidas temporales de suspensión de contrato en sus periodos de suspensión de empleo (ERTE). Las personas y colectivos descritos en este apartado solicitarán su participación mediante el modelo que figura como Anexo I de esta convocatoria. Las solicitudes de participación deberán ser custodiadas por las entidades beneficiarias de las subvenciones y estar a disposición de los órganos competentes para la evaluación,  seguimiento y control de las acciones formativas.

Entidades solicitantes: requisitos y acreditación

 Podrán ser beneficiarios de las subvenciones que se regulan en esta convocatoria:

  • Las entidades de formación, públicas o privadas, debidamente inscritas en el Registro correspondiente con presencia en más de una Comunidad Autónoma o ciudad con Estatuto de Autonomía, titulares de aulas o instalaciones para formación presencial o plataformas digitales, que permitan la impartición de las especialidades formativas que solicitan en, al menos, dos comunidades autónomas y que no tengan circunscrito en sus estatutos o instrumento de constitución, su ámbito de actuación a una sola comunidad autónoma.

Podrán actuar también como entidades de formación, siempre que se inscriban en el correspondiente registro, y dispongan de las instalaciones que permitan la impartición de las especialidades formativas que solicitan en, al menos, dos comunidades autónomas las siguientes:

Centros integrados públicos de formación profesional

Centros públicos del Sistema Nacional de Empleo Y Centros de Referencia Nacional

Centros públicos de formación de adultos

Universidades públicas

Federaciones y Asociaciones de Entidades locales

De igual modo, las empresas podrán solicitar subvención para la impartición de formación, cuando estén inscritas para ello y dispongan de las instalaciones inscritas que permitan la impartición de las especialidades formativas que solicitan en, al menos, dos comunidades autónomas.

  • Las agrupaciones previstas en el artículo 6.2 de la Orden TMS/368/2019, de 28 de marzo, con presencia en más de una Comunidad Autónoma o ciudad con Estatuto de Autonomía, constituidas por entidades de formación debidamente inscritas en el Registro correspondiente, titulares de aulas o instalaciones para formación presencial o plataformas digitales, que permitan la impartición de las especialidades formativas que solicitan en al menos dos comunidades autónomas.

Solicitudes de subvención

Las solicitudes de subvención que se presenten en el marco de esta convocatoria se tramitarán de forma electrónica mediante la aplicación informática que estará a disposición de las entidades solicitantes en la página web de la Fundación Estatal para la Formación en el Empleo (www.fundae.es).

Plazo de presentación de solicitudes

El plazo para la presentación de solicitudes será de 20 días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación de este extracto.

Criterios de valoración de las solicitudes

La valoración de las solicitudes se realizará aplicando la metodología de valoración técnica, que figura en el anexo VIII de la convocatoria
El texto completo de la convocatoria  puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones, BDNS: 552239