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Acreditación de competencias profesionales en Baleares

  • 14 de mayo de 2021

Resolución de 3 de mayo de 2021, de la Consejería de Educación y Formación Profesional, por la que se publica la convocatoria del procedimiento para acreditar las competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación

Objeto de la convocatoria y cualificaciones profesionales convocadas

Por Resolución del Consejero de Educación y Formación Profesional de 26 de abril de 2021, publicada en el «Boletín Oficial de las Illes Balears» BOIB núm. 57, de 1 de mayo de 2021, se aprueba convocar cualificaciones profesionales siguientes:

  • Operaciones auxiliares de elaboración en la industria alimentaria. 
  • Operaciones auxiliares de mantenimiento y transporte interno en la industria alimentaria.
  • Panadería y bollería.
  • Carnicería y elaboración de productos cárnicos.
  • Pastelería y confitería.
  • Pescadería y elaboración de productos de la pesca y acuicultura.
  • Actividades auxiliares de mantenimiento de máquinas, equipos e instalaciones del buque.
  • Actividades auxiliares y de apoyo al buque en puerto.
  • Operaciones en transporte marítimo y pesca de bajura.
  • Navegación en aguas interiores y próximas a la costa.
  • Navegación y pesca marítima.
  • Operaciones de control del funcionamiento y mantenimiento de la planta propulsora, máquinas y equipos auxiliares del buque.
  • Gobierno de embarcaciones y motos náuticas destinadas al socorrismo acuático.
  • Navegación, transporte marítimo y actividades pesqueras.
  • Observación de la actividad y control de las capturas de un buque pesquero. 
  • Control del funcionamiento y supervisión del mantenimiento de la planta propulsora, máquinas y equipos auxiliares del buque.
  • Operaciones auxiliares de mantenimiento en electromecánica de vehículos. 
  • Operaciones auxiliares de mantenimiento de sistemas y equipos de embarcaciones deportivas y de recreo.
  • Mantenimiento de sistemas de transmisión de fuerza y trenes de rodaje de vehículos automóviles.
  • Mantenimiento del motor y sus sistemas auxiliares.
  • Mantenimiento de los sistemas eléctricos y electrónicos de vehículos.
  • Mantenimiento de aparejos de embarcaciones deportivas y de recreo.
  • Mantenimiento e instalación de sistemas eléctricos y electrónicos de embarcaciones deportivas y de recreo.
  • Mantenimiento de la planta propulsora, máquinas y equipos auxiliares de embarcaciones deportivas y de recreo.
  • Operaciones de mantenimiento de elementos de madera de embarcaciones deportivas y de recreo.
  • Pintura, reparación y construcción de elementos de plástico reforzado con fibra de embarcaciones deportivas y de recreo.
  • Planificación y control del área de carrocería.
  • Planificación y control del área de electromecánica.
  • Organización y supervisión del mantenimiento de elementos estructurales y de recubrimiento de superficies de embarcaciones deportivas y de recreo.
  • Organización y supervisión del mantenimiento del aparejo de embarcaciones deportivas y de recreo.
  • Organización y supervisión del mantenimiento de los sistemas y equipos de embarcaciones deportivas y de recreo.
  • Tripulación de cabina de pasajeros.

Las personas que quieran participar en el procedimiento deben cumplir los requisitos siguientes:

a) Tener la nacionalidad española, haber obtenido el certificado de registro de ciudadanía comunitaria o la tarjeta de familiar de ciudadano de la Unión Europea, o ser titular de una autorización de residencia o de residencia y trabajo en España en vigor, en los términos establecidos en la normativa española de extranjería e inmigración.

b) Tener, en el momento de hacer la inscripción, como mínimo:

  • 18 años cumplidos, para las cualificaciones de nivel 1.
  • 20 años cumplidos, para las cualificaciones de nivel 2 y nivel 3.

c) Tener experiencia laboral, en los últimos quince años, relacionada con las unidades de competencia de las cualificaciones profesionales convocadas, de acuerdo con lo que figura a continuación:

  • Al menos 2 años (720 días) con un mínimo de 1.200 horas trabajadas, para las cualificaciones de nivel 1.
  • Al menos 3 años (1.080 días) con un mínimo de 2.000 horas trabajadas, para las cualificaciones de nivel 2 y 3.

Para calcular el número de días trabajados, debe tenerse en cuenta que un año son 360 días.

d) Tener formación no formal, en los últimos diez años, relacionada con las unidades de competencia de las cualificaciones profesionales convocadas, de acuerdo con lo que figura a continuación:

  • Al menos 200 horas de formación relacionada con las unidades de competencia de las cualificaciones profesionales de nivel 1.
  • Al menos 300 horas de formación relacionada con las unidades de competencia de las cualificaciones profesionales de nivel 2 y 3.

En los casos en los que los módulos formativos asociados a la unidad de competencia que se pretende acreditar prevean una duración inferior, deben acreditarse las horas establecidas en estos módulos. Para establecer el periodo de quince años (acceso a través de la experiencia laboral) o de diez años (acceso a través de formación no formal) anteriores a la convocatoria, debe tenerse como referencia el día en que se presenta la solicitud de inscripción al procedimiento.

Inscripción al procedimiento

Las personas interesadas en participar en este procedimiento deben cumplimentar la solicitud de inscripción telemática mediante el formulario establecido a tal efecto que se encuentra disponible en la página web. La tramitación telemática solo se completa cuando se envía la solicitud.

La Resolución del Consejero de Educación y Formación Profesional de 26 de abril de 2021 está disponible, además de en el «Boletín Oficial de las Illes Balears», en la página web del Instituto de las Cualificaciones Profesionales de las Islas Baleares.