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Aprobadas subvenciones para el Programa Investigo, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia

  • 19 de noviembre de 2021
  • Política de Empleo - PRTR

Orden TES/1267/2021, de 17 de noviembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas, destinadas a la financiación del «Programa Investigo», de contratación de personas jóvenes demandantes de empleo en la realización de iniciativas de investigación e innovación, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Esta orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras de las subvenciones del «Programa Investigo», de acuerdo con la dotación presupuestaria que se asigne a tal fin. Constituye una actuación incluida en la Inversión 1, «Empleo Joven», comprendida en el Componente 23 «Nuevas políticas públicas para un mercado de trabajo dinámico, resiliente e inclusivo» del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

El Programa Investigo tiene como finalidad la contratación de personas jóvenes mayores de 16 y menores de 30 años y que se encuentren desempleadas e inscritas como demandantes de empleo en el servicio público de empleo correspondiente en el momento de comenzar la relación contractual. Además, deberán cumplir los requisitos exigidos para la modalidad de contrato que se formalice.

Las actividades objeto de las ayudas enmarcadas en esta orden se desarrollarán por las personas capacitadas para llevar a cabo proyectos de investigación en calidad de investigadoras, tecnólogas, personal técnico y otros perfiles profesionales en I+D+i, así como, en su caso, el personal de apoyo a la investigación, facilitando su inserción laboral tanto en el sector público como en el privado para contribuir a incrementar la competitividad de la investigación y la innovación. Como personal de apoyo subvencionado se podrá contratar hasta un 10 por ciento del total de puestos de trabajo ofertados, excluyéndose en todo caso los trabajos de apoyo administrativo.

Las iniciativas de innovación e investigación y las de los departamentos de I+D+i se desarrollarán preferentemente en ocupaciones referidas a sanidad, transición ecológica, economía verde (energías renovables, tratamiento de aguas y residuos e industria agroalimentaria), así como digitalización de servicios y «data science».

Las subvenciones previstas en esta orden se financiarán con cargo a los correspondientes fondos dotados en el Presupuesto de gastos del Servicio Público de Empleo Estatal, en el marco de los fondos europeos del Mecanismo para la Recuperación y la Resiliencia, dentro del programa 240A.

En el ámbito de gestión del Servicio Público de Empleo Estatal la financiación se efectuará con cargo a la partida presupuestaria 19.101.240-A. 482.96 Reserva de gestión directa Servicio Público de Empleo Estatal. Inversión-PAES (III): Empleo joven. Programa de investigación. Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.

En el ámbito de gestión de las comunidades autónomas la financiación se efectuará con cargo a la partida presupuestaria 19.101.240-A. 454.30 Gestión por las CC.AA. Inversión-PAES (III). Empleo joven programa de investigación. Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.

El Servicio Público de Empleo Estatal es el encargado de distribuir los correspondientes fondos a las comunidades autónomas. A estos efectos el Servicio Público de Empleo Estatal distribuirá los correspondientes fondos a las comunidades autónomas, de conformidad con lo previsto en el artículo 86 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, en función de los criterios objetivos acordados por la Conferencia Sectorial de Empleo y Asuntos Laborales.

Las subvenciones a otorgar para la contratación se destinarán a la financiación de los costes laborales y salariales, incluyendo la cotización por todos los conceptos a la Seguridad Social, de las personas jóvenes que sean contratadas para el desarrollo y ejecución de las iniciativas de investigación e innovación del Programa Investigo.

No se podrán contratar personas jóvenes que hayan desempeñado cualquier tipo de puesto de investigación en la misma empresa o sus asociadas en el plazo de 6 meses inmediatamente anteriores.

Las solicitudes de concesión de subvenciones se dirigirán a la Dirección General del Servicio Público de Empleo Estatal o al órgano competente de la comunidad autónoma, según el ámbito de la convocatoria. Se presentará una única solicitud por entidad para todas las contrataciones a realizar. Las solicitudes presentadas fuera del plazo previsto en la convocatoria darán lugar a la inadmisión de las mismas. La forma y plazo de presentación de las solicitudes, así como la documentación que el interesado deberá acompañar a las mismas, se establecerán en las convocatorias.

El ámbito de aplicación de esta orden se extiende a todo el territorio nacional, sin perjuicio de las competencias de ejecución y de auto organización que tienen reconocidas las comunidades autónomas. Las entidades públicas o privadas beneficiarias deberán tener su domicilio social en España.

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