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Becas de formación práctica sobre comunicación institucional relacionada con el Parlamento

  • 4 de noviembre de 2021
  • Becas - BOE

Acuerdo de 5 de octubre de 2021, de la Mesa del Congreso de los Diputados, por el que se convocan becas de formación práctica sobre comunicación institucional relacionada con el Parlamento.

El Congreso de los Diputados convoca seis becas individuales de formación práctica sobre Comunicación institucional relacionada con la actividad parlamentaria y que están destinadas a difundir el mejor conocimiento de la Institución Parlamentaria y las informaciones que en ella se generan . El desarrollo de las becas estará dirigido por la Dirección de Comunicación de la Cámara. De dichas becas se reservará una para su concesión entre personas con discapacidad de grado igual o superior al 33 por ciento.

Requisitos de los solicitantes

Podrán solicitar la concesión de esta beca las personas de nacionalidad española que reúnan las siguientes condiciones:

  • Estar en posesión del título universitario de licenciado en Periodismo o en Comunicación Audiovisual o Graduado en Periodismo o en Comunicación Audiovisual.
  • Haber nacido con posterioridad al 1 de enero de 1993.
  • En la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, no haber disfrutado durante más de seis meses de otra beca de las mismas características en las Cortes Generales (Congreso de los Diputados o Senado).

Presentación de las solicitudes

La solicitud se ajustará, necesariamente, al modelo de instancia que se adjunta como anexo I de la presente convocatoria y se presentará:

  •  En la Secretaría de la Dirección de Comunicación, calle de Floridablanca, s/n., Edificio Ampliación II, planta baja, Congreso de los Diputados, 28071 Madrid, en horario de 10 a 14 horas y de 16 a 19 horas, de lunes a viernes.
  • Por correo electrónico: becas.comunicacion@congreso.es
  •  En la forma prevista en la Ley 39/2015, de 1 de octubre de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Plazo para la presentación de solicitudes

El plazo para la presentación de instancias será de diez días hábiles, siguientes a la fecha de publicación en el «Boletín Oficial del Estado»