Becas para la investigación y tratamiento jurídico de la doctrina constitucional
- 11 de marzo de 2022
- BOE - Becas
El Boletín Oficial del Estado del martes 8 de marzo de 2022 publicó la Resolución de 2 de marzo de 2022, de la Secretaría General del Tribunal Constitucional, por la que se convocan becas de formación en tareas relacionadas con la investigación y tratamiento jurídico de la doctrina constitucional.
El objeto de la convocatoria es la concesión de seis becas para la realización de actividades de formación jurídica teórico-práctica relacionadas con la recopilación, clasificación y publicación de la doctrina del Tribunal Constitucional, en régimen de concurrencia competitiva y conforme a los principios de publicidad, transparencia, igualdad y no discriminación.
Para optar a estas becas se deberán reunir las condiciones siguientes:
- Estar en posesión del título de graduado en Derecho o un título de otro país que acredite una formación jurídica equivalente. A estos efectos se equiparan aquellos grados universitarios que cuenten con el informe de acreditación previsto en el artículo 3.2 del Reglamento de la Ley 34/2006, de 30 de octubre, sobre el acceso a las profesiones de abogado y procurador de los tribunales, aprobado por el Real Decreto 775/2011, de 3 de junio.
- Haber finalizado los estudios para la obtención del título universitario con posterioridad al 1 de enero de 2017.
- Poseer conocimientos de inglés o francés correspondientes al nivel B2 del Marco común europeo de referencia para las lenguas (First Certificate, puntuación mínima de 87 en el TOEFL Internet Based Test, Delf B.2, o equivalentes).
- No padecer enfermedad ni discapacidad que impidan la realización efectiva de las prácticas ni haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio del Estado o de cualquier entidad de carácter público. Las personas con grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100 que lo soliciten, recibirán las adaptaciones y los ajustes razonables necesarios de tiempo y medios para la realización de las pruebas de acceso y, en su caso, de las actividades formativas, para asegurar su participación en condiciones de igualdad.
- No hallarse incurso en ninguna de las circunstancias recogidas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- No haber sido beneficiario de una beca en el Tribunal Constitucional en cualquiera de sus modalidades. Se exceptúan aquellos supuestos en los que, por razones no imputables al beneficiario, solo hubiera podido disfrutar de la beca por tiempo inferior a seis meses.
Las solicitudes se ajustarán al modelo que se publica como anexo 1 a la presente resolución, que estará disponible en la dirección web www.tribunalconstitucional.es, y deberán dirigirse al Secretario General del Tribunal Constitucional. Dichas solicitudes deberán presentarse obligatoria y exclusivamente a través del Registro Electrónico del Tribunal Constitucional, apartado sede electrónica – procesos selectivos
El plazo de presentación de las instancias será de un mes desde el día siguiente a la publicación de este acuerdo en el «Boletín Oficial del Estado».
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