CECA, AEB, Cajamar y UNACC incorporan más Entidades al acuerdo suscrito con el Ministerio de Trabajo y el SEPE para el anticipo del primer pago de las prestaciones a las personas afectadas por la DANA
- 27 de diciembre de 2024
- Prestaciones por Desempleo

El importantísimo acuerdo logrado entre el Ministerio de Trabajo y Economía Social y el SEPE con el sector bancario ha permitido firmar Convenios que posibilitan el pago anticipado de la primera mensualidad de prestaciones por desempleo reconocidas por el SEPE a las personas afectadas por la DANA, sin necesidad de esperar al pago en la nómina el día 10 de cada mes.
Las asociaciones bancarias firmantes son la Confederación Española de Cajas de Ahorros (CECA), la Asociación Española de Banca (AEB), las Cajas Rurales Miembro del Grupo Cooperativo Cajamar y la Unión Nacional de Cooperativas de Crédito UNACC). El acuerdo estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2025.
La situación excepcional provocada por la DANA en diferentes municipios entre el 28 de octubre y el 4 de noviembre de 2024 ha afectado a la Comunitat Valenciana, Castilla-La Mancha, Andalucía, Cataluña y, en menor medida, Illes Balears y Aragón, con consecuencias especialmente graves y trágicas en determinados municipios y zonas de la provincia de Valencia, provocando enormes daños personales y materiales, tanto en infraestructuras como en bienes públicos y privados que están exigiendo una actuación inmediata.
Pago anticipado de la primera mensualidad de prestaciones
Por este motivo, el SEPE y las diversas entidades bancarias que se están adhiriendo a los Convenios suscritos con CECA, AEB, Cajas Rurales Miembro del Grupo Cooperativo Cajamar y UNACC, están pudiendo proceder el pago adelantado de las prestaciones.
Las personas beneficiarias de prestaciones por desempleo derivadas de la DANA podrán acceder al anticipo de dichas prestaciones una sola vez, coincidiendo con el abono de la primera mensualidad de prestación por desempleo reconocida por el SEPE con motivo de la situación derivada de la DANA, a la que tuviera derecho tras la solicitud del anticipo.
Las, cada vez mayor número de, entidades adheridas anticiparán el importe total o parcial de la prestación por desempleo recogida el Titulo VI del Real Decreto-ley 7/2024, de 11 de noviembre, por el que se adoptan medidas urgentes para el impulso del Plan de respuesta inmediata.
Las personas beneficiarias de estos anticipos no podrán realizar la modificación de la cuenta bancaria de abono de la prestación por parte del SEPE, hasta que se produzca la compensación del anticipo recibido.
Mitigar el impacto negativo en la renta de las personas
El objetivo del pago adelantado de las prestaciones es facilitar y anticipar la liquidez de las prestaciones de las personas afectadas por la DANA en su primera nómina de prestaciones, para paliar, en parte, el impacto negativo de reducción de la renta disponible de las personas afectadas por la DANA.
El anticipo lo ofrecerá directamente la entidad adherida, a petición de la persona beneficiaria, una vez reciba la información del reconocimiento de la respectiva prestación o subsidio por parte del SEPE.
Hasta el 31 de diciembre de 2025
Esta prevista la vigencia de los convenios para el anticipo hasta el 31 de diciembre de 2025. Además, los firmantes podrán acordar, antes del vencimiento del plazo, una prórroga expresa de acuerdo a lo dispuesto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre.
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