| Municipios afectados | Horta sud | Zona Cero | Total Provincial | |
|---|---|---|---|---|
| Población | ||||
| Habitantes | 1.084.513 | 492.143 | 269.695 | 2.709.433 |
| Densidad/km2 | 223,8 | 1.591,70 | 508,4 | 250,6 |
| Empresas | ||||
| Número | 64.104 | 27.672 | 15.752 | 176.989 |
| % | 36,2 | 15,6 | 8,9 | 100 |
| PIB | ||||
| Valor (M€) | 20.107 | 9.174 | 5.297 | 67.200 |
| % | 29,7 | 10,1 | 8 | 100 |
| Empleo | ||||
| Número | 417.558 | 175.630 | 109.194 | 1.115.038 |
| % | 37,4 | 15,7 | 9,8 | 100 |
| Grupo vulnerable | Personas afectadas | % sobre población | Principales datos |
|---|---|---|---|
| Personas mayores [> 65 años] | 96.248 | 18,0% | En casi 50.000 (26,7%) hogares reside solamente una persona, mayoritariamente personas mayores de 65 años. Además, se estima que el 40% de los comerciales minoristas afectados tienen +60 años. |
| Niños y jóvenes [< 16 años] | 84.813 | 15,9% | La interrupción de su escolarización no solo afecta a su aprendizaje, también altera su estabilidad emocional y su acceso a actividades de integración social. 24.000 niños han sido realojados temporalmente en otros centros educativos |
| Migrantes y extranjeros | 59.864 | 11,2% | 69% de extranjeros provienen de fuera de la UE La mayor parte sin acceso a ayudas estatales, lo que les empuja a una situación de extrema vulnerabilidad. |
| Personas con discapacidad | 1.625 | 0,3% | La pérdida de movilidad y autonomía, junto con la avería de ascensores, la falta de tratamientos t la destrucción de viviendas adaptadas, intensificaron el impacto de la DANA |
| Familias de bajos ingresos | n.d. |
n.d. |
La renta neta media de los hogares en los municipios más afectados es 2.000€ inferior a la media provincial. En algunas zonas específicas, la brecha se amplía, con rentas netas 3.000-10.000€ por debajo de la medida en las zonas afectadas |
| Total afectados | 306.163 |
28,7% |
| Total municipios DANA | Horta Sud | Zona Cero | |
|---|---|---|---|
| Empleo total | 417.558 | 175.630 | 109.194 |
| Trabajadores afectados | |||
| - Núm. | 274.883 | 146.475 | 103.079 |
| - % | 65,8 | 83,4 | 94,4 |
| Trabajadores en ERTE | |||
| - Núm. | 33.643 | 16.364 | 15.634 |
| % sobre empleo total | 8,1 | 9,3 | 14,3 |
| Recursos movilizados | 16.600.000.000 |
|---|---|
| Recursos empleados a 24-11-25 | 8.835.741.966 |
| Grado de aplicación (%) | 53,2 |
| Distribución de los recursos empleados | |
| - Actuaciones directas | 673.497.767 |
| - Avales | 783.039.872 |
| - Ayudas y subvenciones | 7.379.204.327 |
| Distribución de las ayudas y subvenciones | |
| - Consorcio compensación seguros | 3.994.145.007 |
| - Infraestructuras | 2.737.894.833 |
| - Empresas, autónomos y trabajadores | 383.829.978 |
| - Agricultura | 247.671.748 |
| - Atención a personas afectadas | 418.387.067 |
| Real Decreto-Ley 7/2024 – Título VI |
|---|
| Art. 41.- Protección de la salud de las personas trabajadoras Se reconoce que tanto la situación excepcional provocada por la DANA como sus efectos constituyen un “riesgo grave e inminente” en los términos de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de riesgos laborales y, por tanto, la personas trabajadoras tienen derecho no sólo a interrumpir su actividad y abandonar el lugar de trabajo, sino también a no acudir al mismo por cuanto se entiende que, en las circunstancias derivadas del intenso fenómeno meteorológico y de sus consecuencias, el desplazamiento desde o hacia el centro de trabajo las podría colocar en una situación de riesgo |
| Art. 42.- Permisos retribuidos y no recuperables Se trata de permisos especiales directamente vinculados y que encuentran su justificación en situaciones singulares que tienen que ver con la imposibilidad de movilidad de las personas, o que revisten un carácter más trágico y personal para afrontar la pérdida de casas, sus enseres, sus efectos personales o documentos oficiales imprescindibles, pero también y más grave, el infortunio personal de la perdida de familiares. Estos permisos tienen carácter retribuido, no recuperable y se computan como tiempo de trabajo efectivo |
| Art. 43.- Trabajo a distancia Se prioriza la prestación de servicios a través de la modalidad de trabajo a distancia, como forma de organización preferente. En los supuestos de imposibilidad de acceder al trabajo se reconoce a las personas trabajadoras el derecho a la realización del trabajo a distancia salvo que resulte imposible por ausencia de medios de la persona trabajadora o limitaciones o ausencia de cobertura o acceso a la red. |
| Art. 44.- ERTEs Se establecen especialidades en los expedientes de regulación temporal de empleo (ERTE) relacionados con la situación excepcional de la DANA que tenga su causa directa en los daños producidos por la DANA, como sobre las pérdidas de actividad indirectamente originadas por la misma. De este modo puede emplearse el recurso de manera justa como un instrumento al servicio de aquellas empresas y personas trabajadoras realmente afectadas por la DANA, tanto de un modo directo como indirecto. Cuando estas medidas temporales se adopten por causas económicas, técnicas, organizativas y de producción (ETOP) relacionadas con la DANA, las personas trabajadoras se beneficiarán del régimen especial de la prestación por desempleo previsto para los casos de fuerza mayor. Así, no se requerirá periodo de carencia para el reconocimiento de la prestación, su disfrute no implicará el consumo de cotización y la cuantía se obtendrá de aplicar a la base reguladora un porcentaje del 70 por ciento. |
| Art. 45.- Protección por desempleo empleadas de hogar Se regula de manera totalmente novedosa las consecuencias derivadas de la imposibilidad total o parcial de prestar servicios en el ámbito del servicio del hogar familiar, para el que se reconoce expresamente el derecho a la suspensión contractual y a la reducción de la jornada, la aplicabilidad del especial régimen de prestación por desempleo previsto para los casos de fuerza mayor y la forma de acreditar el hecho causante. De nuevo, no será necesario periodo de carencia, no se consumirán periodos cotizados y la cuantía será el 70 por ciento de la base reguladora. Con esta medida se extiende la protección a un colectivo vulnerable y se permite que las personas trabajadoras del hogar accedan a prestaciones de desempleo en unas condiciones que respondan de manera justa a la situación que atraviesan. |
| Art. 46.- Prohibición de despidos Se prohíbe el despido de personas trabajadoras de las empresas que hagan uso de las ayudas directas o de los expedientes de regulación de empleo previstos con ocasión de la DANA. De producirse el despido, se calificará como nulo y la empresa deberá devolver las ayudas recibidas. |
| Art. 47.- Contratos temporales Se garantiza que la suspensión de los contratos temporales a causa de la DANA no afecte a la duración máxima de dichos contratos ni a sus periodos de referencia. |
| Art. 48.- Protección por desempleo Se regulan medidas especiales sobre protección por desempleo, dirigidas a agilizar el reconocimiento de las prestaciones contributivas por desempleo y a proporcionar la máxima protección durante el tiempo en el que no se puedan prestar servicios por causas relacionadas con la DANA. Las prestaciones en favor de las personas trabajadoras, y también de las personas socias trabajadoras y de trabajo incluidas en el Régimen General de la Seguridad Social, serán solicitadas por su empresa o por la cooperativa, y se calcularán en función de los salarios en la empresa o cooperativa afectada por la medida, cobrando durante toda la duración de la prestación el 70% de la base reguladora. Para tener derecho a la prestación no se exigirá periodo de ocupación cotizada y el periodo que se termine cobrando no consumirá futuras prestaciones; como beneficio excepcional, se computará para un futuro reconocimiento de una prestación por desempleo el periodo cotizado por la contingencia de desempleo durante el periodo en el que se hubieran percibido las prestaciones por desempleo reguladas en este real decreto-ley. |
| Art.- 49.- Plan de Empleo Para la contratación de personas desempleadas que llegará a todas las comunidades autónomas con municipios afectados por la DANA. Supone la inversión de 50.000.000 euros para la contratación de personas del sector agrario con un doble objetivo. Por un lado, dar una oportunidad de empleo a personas a quienes la incidencia de la DANA les imposibilite realizar labores agrícolas, y por otro, que puedan ayudar con su trabajo a las labores de reconstrucción de las zonas afectadas. |
| Real Decreto-Ley 7/2024 – Título VII |
|---|
| Art. 50.- Pensiones extraordinarias Las pensiones de jubilación o retiro por incapacidad permanente o inutilidad, viudedad, orfandad o en favor de los progenitores cuyo hecho causante sea consecuencia de los siniestros producidos por la DANA acaecida entre el 28 de octubre y el 4 de noviembre de 2024, se considerarán, con carácter excepcional, como derivadas de acto de servicio, a los exclusivos efectos de que el cálculo de su cuantía se realice conforme a lo previsto legalmente para las pensiones extraordinarias. Podrá causar derecho a esta protección excepcional el personal comprendido en el ámbito de cobertura del Régimen de Clases Pasivas que se encuentre en la fecha del hecho causante en situación de servicio activo |
| Art. 51.- Planes de pensiones Durante el plazo de seis meses desde la entrada en vigor de este real decreto-ley, los afectados por la DANA que fueran partícipes de planes de pensiones podrán, excepcionalmente, hacer efectivos sus derechos consolidados. |
| Art. 52.- Complemento de ayuda a la infancia a los perceptores del Ingreso Mínimo Vital Sin perjuicio del incremento extraordinario en un porcentaje del 15 por ciento en la prestación del ingreso mínimo vital establecido en el artículo 27 del Real Decreto-ley 6/2024, de 5 de noviembre, el Instituto Nacional de la Seguridad Social reconocerá igualmente un complemento extraordinario adicional de ayuda para la infancia respecto de las mensualidades de noviembre de 2024 a enero de 2025, ambas incluidas, que consistirá en la aplicación de un porcentaje del 30 por ciento al importe mensual que tenga establecido cada unidad de convivencia en los mencionados meses. |
| Concepto | Perceptores | Importe en € |
|---|---|---|
| Ayudas directas a: | ||
| - empresas | 10.933 | 261.960.000 |
| - autónomos | 16.605 | 80.080.000 |
| ERTEs | ||
| - prestaciones a trabajadores | 33.643 | 49.935.860 |
| - exoneración cotizaciones a empresas | 2.877 | 21.197.979 |
| Plan de empleo | ||
| - personas contratadas | 3.122 | 35.759.178 |
| Ayudas de inclusión social | ||
| - incremento prestaciones IMV y CAPI | 18.909 | --- |
| - Cese actividad autónomos | 5.156 | --- |
| Autorización de residencia migrantes afectados | 33.044 | --- |
| Total | 124.289 | 448.933.017 |
| Mes | Trabajadores en ERTE | Total Prestaciones € | Prestación media |
|---|---|---|---|
| Noviembre’24 | 11.819 | 11.851.572,53 | 1.002,8 |
| Diciembre’24 | 16.795 | 17.489.007,70 | 1.041,3 |
| Enero’25 | 9.093 | 5.471.036,87 | 601,7 |
| Febrero’25 | 6.751 | 4.403.133,64 | 652,2 |
| Marzo’25 | 3.504 | 1.482.463,81 | 423,1 |
| Abril’25 | 2.578 | 2.008.648,15 | 779,1 |
| Mayo’25 | 1.855 | 1.407.236,92 | 758,6 |
| Junio’25 | 1.243 | 1.128.575,13 | 907,9 |
| Julio’25 | 1.044 | 1.028.021,38 | 984,7 |
| Agosto’25 | 877 | 1.045.366,28 | 1.191,9 |
| Septiembre’25 | 770 | 922.876,39 | 1.198,5 |
| Octubre’25 | 791 | 797.921,17 | 1.004,9 |
| Total | 33.643 | 49.935.859,97 | 1.484,3 |
| Zona 1 | Zona 2 | Horta Sud | Zona Cero | |
|---|---|---|---|---|
| Agricultura, ganadería y pesca | 0,1 | 0,7 | 1,3 | 1,3 |
| Industria manufacturera | 10,9 | 15,3 | 13,8 | 17,7 |
| Agua y actividades de saneamiento | 0 | 3,1 | 1,4 | 4,4 |
| Construcción | 0,3 | 5,6 | 4,8 | 9 |
| Comercio y reparación de vehículos | 2,1 | 14,2 | 9,1 | 19,7 |
| Transporte y almacenamiento | 1 | 5,9 | 4 | 7,7 |
| Hostelería | 1,7 | 31,6 | 26,9 | 43,2 |
| Información y comunicaciones | 0,3 | 3,9 | 3,6 | 5,6 |
| Actividades financieras y de seguros | 0 | 3,8 | 3,7 | 6,6 |
| Actividades inmobiliarias | 0,2 | 12,4 | 11,3 | 20,5 |
| Actividades profesionales y técnicas | 0,4 | 4,7 | 4 | 8,3 |
| Actividades administrativas | 1,4 | 8,4 | 4,8 | 11,7 |
| Administración Pública | 0 | 0 | 0 | 0,1 |
| Educación | 0,1 | 11,5 | 8,8 | 18,2 |
| Actividades sanitarias | 0,2 | 8,7 | 6,5 | 14,2 |
| Actividades culturales | 0,5 | 26,4 | 21,9 | 35,7 |
| Otros servicios | 4,2 | 12,7 | 9,7 | 20,1 |
| Total | 1,8 | 11,9 | 9,3 | 14,3 |
| Impacto económico DANA (4T2023-4T2024) | |||
|---|---|---|---|
| Total | Grandes | Pequeñas | |
| Total municipios afectados | 3 | 3,2 | 2,6 |
| Zona emergencia 1 | 4,2 | 3,2 | 8 |
| Zona emergencia 2 | 0,3 | 3,2 | -5,6 |
| Horta Sud | 0,7 | 4,5 | -6,1 |
| Zona Cero | -2,6 | 2,4 | -10,6 |
| Recuperación económica post-DANA (1T2024-1T2025) | |||
|---|---|---|---|
| Total | Grandes | Pequeñas | |
| Total municipios afectados | 6,1 | 6,4 | 5 |
| Zona emergencia 1 | 5,5 | 5,4 | 5,9 |
| Zona emergencia 2 | 7,4 | 9,2 | 3,5 |
| Horta Sud | 6,2 | 7,2 | 4,2 |
| Zona Cero | 4,6 | 4,8 | 4,3 |
| Industria | Servicios | Total | |
|---|---|---|---|
2024 | |||
| T1 | 1.753 | 5.029 | 6.782 |
| T2 | 1.844 | 6.016 | 7.860 |
| T3 | 2.040 | 6.012 | 8.052 |
| T4 | 1.962 | 6.250 | 8.212 |
2025 | |||
| T1 | 2.062 | 5.768 | 7.830 |
| T2 | 2.346 | 6.943 | 9.289 |
| T3 | 2.136 | 6.458 | 8.594 |
Resumen
La DANA que se abatió sobre Valencia el 29 de octubre de 2024 constituyó un episodio meteorológico (Depresión Aislada en Niveles Altos) de extraordinaria magnitud (récord pluviométrico de 184,6 mm en una hora) cuyos efectos, agravados por la mala gestión de la Administración autonómica, resultaron catastróficos tanto en pérdidas de vidas humanas (230 personas muertas y 2.641 heridas) como en impacto ambiental y el colapso de infraestructuras, recursos económicos, actividad productiva y empleo que afectaron a más de trescientas mil personas en la provincia de Valencia, con un coste agregado de 17.800 millones de euros, equivalente al 0,65% del PIB español.
Para entender el alcance y desigual impacto de este histórico evento climático, resulta necesario ir más allá de su estricta dimensión natural y estudiar en profundidad las causas estructurales, socioeconómicas e institucionales que lo agravaron, atendiendo tanto al contexto geográfico y sociodemográfico del área afectada como a su composición productiva y ocupacional, así como a los déficits en los sistemas de prevención, alerta y gestión de riesgos.
En este marco, nuestra contribución1 se centrará primero en la descripción y análisis de los factores estructurales (físicos, demográficos, socioeconómicos) que durante años han ido configurando un escenario de alta vulnerabilidad espacial y social en el área afectada por la DANA e incrementado ahora las dimensiones del desastre para evaluar, seguidamente, su impacto laboral y la cobertura del escudo social desplegado por la Administración Pública, cuya contribución ha resultado decisiva para acelerar el posterior proceso de recuperación.
1Se advierte que la fecha de redacción del texto fue noviembre de 2025, puesto que, con posterioridad, pueden haber variado ligeramente algunos datos
Factores estructurales
La zona afectada por la DANA supone un tercio de la provincia de Valencia y está integrada por un total de 103 municipios correspondientes, fundamentalmente, a la comarca de l’Horta Sud y, en menor medida, a las de la Plana de Utiel, Hoya de Buñol y la Ribera.
A los efectos de nuestra investigación seguiremos la agrupación de los municipios afectados fijada por el Decreto 164/2024, de 4 de noviembre, del Consell de la Generalitat que los clasifica según niveles de emergencia, centrándonos especialmente en las subáreas más afectadas de l’Horta Sud y Zona Cero, con 20 y 15 municipios, respectivamente.
Dicho territorio presentaba una serie de características físicas que contribuyeron de forma directa a agravar el impacto de la DANA. La combinación entre la topografía del terreno, la mayor impermeabilidad del suelo y la degradación ambiental previa por incendios forestales, generó un entorno especialmente propenso a la escorrentía y pérdida de capacidad de absorción del agua.
Las comarcas mencionadas y especialmente l’Horta Sud se localizan, en gran parte, en la llanura de inundación de varios cursos fluviales -ríos y barrancos- que, como es habitual en la cuenca mediterránea, presentan bruscas alteraciones de caudal. Sobre dicho espacio se habría producido, desde los años sesenta del siglo pasado, un proceso de antropización tan intenso como descontrolado, construyendo asentamientos urbanos, infraestructuras de comunicación y áreas industriales en zonas de riesgo.
Según los estudios publicados por el Instituto Valenciano de Investigaciones Económicas (IVIE), el volumen de población del área se duplicó entre 1960 y 2024, hasta superar el millón de personas, con una densidad media de 223,8 habitantes por kilómetro cuadrado (tabla 1), que en l’Horta Sud se multiplica por ocho, como resultado de una elevada concentración residencial, al localizarse en sus “ciudades dormitorio” las viviendas de muchos trabajadores de la capital, lo que explica en buena parte el desigual impacto de la DANA desde una perspectiva de clase.
| Municipios afectados | Horta sud | Zona Cero | Total Provincial | |
|---|---|---|---|---|
| Población | ||||
| Habitantes | 1.084.513 | 492.143 | 269.695 | 2.709.433 |
| Densidad/km2 | 223,8 | 1.591,70 | 508,4 | 250,6 |
| Empresas | ||||
| Número | 64.104 | 27.672 | 15.752 | 176.989 |
| % | 36,2 | 15,6 | 8,9 | 100 |
| PIB | ||||
| Valor (M€) | 20.107 | 9.174 | 5.297 | 67.200 |
| % | 29,7 | 10,1 | 8 | 100 |
| Empleo | ||||
| Número | 417.558 | 175.630 | 109.194 | 1.115.038 |
| % | 37,4 | 15,7 | 9,8 | 100 |
El aumento de la población ha ido en paralelo a cambios de cobertura del suelo, pasando de un uso preferentemente agrario a su ocupación creciente por construcciones residenciales, industriales y de infraestructuras.
La zona afectada concentra una parte sustancial del tejido productivo de la provincia de Valencia, siendo especialmente alta la densidad empresarial en l’Horta Sud (89,5 empresas por km2) y en la Zona Cero (29,7), lo que no sólo aumenta la exposición de infraestructuras y activos productivos, sino que también acentúa el impacto económico y social derivado de la catástrofe, que afectó en torno a dos de cada tres empresas y trabajadores del área (40.000 y 275.000. respectivamente).
Se trata de una de las mayores concentraciones industriales y logísticas de la Comunidad Valenciana con 64.104 empresas (una cuarta parte de las cuales radican en la Zona Cero), siendo mayoritariamente PYMEs, aunque también las hay medianas y grandes. Casi un tercio del empleo provincial se concentra en los municipios afectados por la DANA, especialmente en l’Horta Sud, conformando un amplio mercado de trabajo y consumo integrado que genera intensos flujos de población y mercancías que sufrieron gravemente la disrupción derivada del colapso de infraestructuras y movilidad.
Fotografía: Diego Lema
La magnitud del desastre
El impacto de la DANA sobre un territorio altamente antropizado resultó aún más grave por la ineficacia, cuando no tardanza dolosa, en activar los mecanismos de alerta a la población por parte de la administración autonómica, cuyos dirigentes permanecieron ausentes y/o inoperantes durante las horas clave de aquel dramático 29 de octubre y han intentado desde entonces eludir sus responsabilidades.
Tres meses después del desastre, el gobierno del ya expresidente Mazón, que había designado al frente de la recuperación a un general retirado, adjudicó el diseño e implementación del Plan Endavant a una consultora privada (PriceWaterhouse) que en abril de 2025 presentó un primer Diagnóstico cuantificando en 17.800 millones de euros el impacto global de la catástrofe, articulando su evaluación en torno a cinco bloques de análisis: personas, infraestructuras, economía y empleo, medio ambiente y tejido social. Como puede comprobarse en el cuadro 1 todos los ítems registran valores muy altos, dando cuenta en su conjunto de la magnitud humana, económica, medioambiental y social del drama.
El impacto humano alcanzó a un total de 306.163 personas (equivalente al 28,2% de los residentes en la zona y al 11,2% del total provincial), incluyendo 230 muertos y 2.641 personas heridas. La respuesta de la emergencia sanitaria y social (con especial participación de los voluntarios y los miembros de las fuerzas armadas y de seguridad) logró atender médicamente a cerca de 117.000 personas y rescatar a unas 37.000. El 69% de las personas afectadas se concentró en sólo diez municipios, entre los que destacan Aldaia, Algemesí, Catarroja, Paiporta y Xirivella, cada uno con más de 20.000 personas afectadas.
Resulta especialmente significativo constatar la intensidad con que la DANA golpeó a los colectivos más vulnerables (cuadro 2) tales como las personas mayores de 65 años y menores de 16, migrantes y con diversidad funcional que, en su conjunto, representan el 28,7% del total de afectados. Un informe del Comité Económico y Social de la Comunidad Valenciana analizaba el perfil demográfico de los muertos, constatando que más de la mitad tenían más de 70 años y hubo 26 víctimas extranjeras, de 11 nacionalidades diferentes.
Fuente.- GVA, Plan Endavant. Diagnóstico
Por su parte, el primer informe-balance del Plan Endavant (julio’2025) registraba que, además del impacto directo sobre las personas, la DANA afectó a la red de infraestructuras sociosanitarias, intensificando la vulnerabilidad social de estos colectivos. Se contabilizaron daños en 136 infraestructuras sociosanitarias públicas: 82 residencias para mayores, 22 centros ocupacionales, 20 centros de día de mayores, 6 centros de protección a la infancia y 6 residencias para personas con discapacidad.
A las afectaciones en salud se suman los daños materiales que alteraron de forma estructural la vida cotidiana de los municipios impactados, sobre todo de su población más vulnerable. Se contabilizaron 15.969 viviendas afectadas, de las que el 13% han sido declaradas no habitables. Además, el colapso de más de 10.000 ascensores ha limitado gravemente la movilidad de muchas personas, especialmente las de mayor edad.
| Grupo vulnerable | Personas afectadas | % sobre población | Principales datos |
|---|---|---|---|
| Personas mayores [> 65 años] | 96.248 | 18,0% | En casi 50.000 (26,7%) hogares reside solamente una persona, mayoritariamente personas mayores de 65 años. Además, se estima que el 40% de los comerciales minoristas afectados tienen +60 años. |
| Niños y jóvenes [< 16 años] | 84.813 | 15,9% | La interrupción de su escolarización no solo afecta a su aprendizaje, también altera su estabilidad emocional y su acceso a actividades de integración social. 24.000 niños han sido realojados temporalmente en otros centros educativos |
| Migrantes y extranjeros | 59.864 | 11,2% | 69% de extranjeros provienen de fuera de la UE La mayor parte sin acceso a ayudas estatales, lo que les empuja a una situación de extrema vulnerabilidad. |
| Personas con discapacidad | 1.625 | 0,3% | La pérdida de movilidad y autonomía, junto con la avería de ascensores, la falta de tratamientos t la destrucción de viviendas adaptadas, intensificaron el impacto de la DANA |
| Familias de bajos ingresos | n.d. |
n.d. |
La renta neta media de los hogares en los municipios más afectados es 2.000€ inferior a la media provincial. En algunas zonas específicas, la brecha se amplía, con rentas netas 3.000-10.000€ por debajo de la medida en las zonas afectadas |
| Total afectados | 306.163 |
28,7% |
Asimismo, quedaron inutilizados 144.000 vehículos (de los que el 85% fueron considerados siniestro total), limitando gravemente la movilidad y el acceso al trabajo, los servicios básicos y actividades cotidianas de sus usuarios, lo que durante meses se vería agravado por la suspensión del transporte público de cercanías mayoritariamente utilizado por los trabajadores.
Fuente.- GVA, Plan Endavant. Diagnóstico
Para la evaluación del impacto de la DANA sobre el empleo -lo que constituye el objetivo central de nuestra investigación-, resulta necesario analizar previamente la estructura empresarial y ocupacional de la zona.
Dos tercios de las 64.104 empresas registradas en la zona DANA (vid. gráfica 1) resultaron directamente afectadas, la mayoría (78,1%) corresponden al sector servicios (pequeño comercio, hostelería, distribución, etc.), en el que se concentra también el 72,1% de los 417.558 trabajadores del área afiliados a la Seguridad Social en octubre de 2024. La industria manufacturera representa, respectivamente, el 7,7% de las empresas y el 17,8% del empleo, porcentajes que se invierten en el sector de la construcción (12,1% de las empresas y 7,1% de los trabajadores), siendo el sector primario prácticamente residual, pese a la larga tradición agraria de las comarcas de referencia. Dicha distribución refleja cómo los sectores clave de la economía local se vieron prácticamente alterados, dejando una profunda huella en la actividad económica, las condiciones laborales y la estabilidad social.
Fuente.- GVA, Plan Endavant. Diagnóstico
El impacto laboral de la DANA alcanzó inicialmente niveles sin precedentes, afectando a 274.883 trabajadores entre asalariados y autónomos (65,8% del total de los afiliados a la Seguridad Social en la zona), si bien de forma desigual en función del sector (gráfica 2) y el territorio (tabla 2) de que se tratase.
Fueron los trabajadores de l’Horta Sud y de la Zona Cero los que sufrieron el mayor impacto en su actividad laboral, especialmente en los primeros días tras la catástrofe, debido al cierre temporal de sus empresas, la paralización de la actividad productiva, las dificultades de movilidad y acceso a las mismas, etc., que afectaron directa o indirectamente a la práctica totalidad de las plantillas, hasta que se activaron los mecanismos del escudo social en forma, fundamentalmente, de Expedientes de Regulación Temporal de Empleo (ERTEs), ayudas directas a empresas y autónomos, etc. que salvaron miles de empleos y contribuyeron decisivamente a la posterior recuperación.
| Total municipios DANA | Horta Sud | Zona Cero | |
|---|---|---|---|
| Empleo total | 417.558 | 175.630 | 109.194 |
| Trabajadores afectados | |||
| - Núm. | 274.883 | 146.475 | 103.079 |
| - % | 65,8 | 83,4 | 94,4 |
| Trabajadores en ERTE | |||
| - Núm. | 33.643 | 16.364 | 15.634 |
| % sobre empleo total | 8,1 | 9,3 | 14,3 |
El escudo social
La magnitud de la catástrofe humana, social, económica y medioambiental provocada por la DANA, con especial virulencia en la Comunidad Valenciana, aunque golpeó también gravemente a algunos municipios de Albacete, movilizó la intervención de todos los poderes públicos -cierto es que con desigual grado de eficacia-, al tiempo que generaba una oleada de solidaridad ciudadana en ayuda de los damnificados, tan sólo empañada por los intentos de manipulación del relato por parte de la extrema derecha y de la elusión de responsabilidades por los dirigentes de la Generalitat, tras su inoperancia culpable en las horas más dramáticas de la barrancada.
La intervención del Estado se centró inicialmente en hacer frente a la emergencia, mediante el despliegue operativo de un importante contingente de las fuerzas armadas y de seguridad (33.885 militares, 4.438 agentes de policía y 5.290 guardias civiles), para iniciar luego la aprobación de ayudas públicas con las que paliar las necesidades inmediatas de la población afectada.
Los primeros Decretos del Gobierno central y de la Generalitat autonómica se publicaron pocos días después de la DANA y desde entonces nuevas normas y planes han seguido regulando, conforme a sus respectivos ámbitos y competencias, las medidas necesarias para la recuperación.
La información disponible en el momento de redactar este informe (noviembre de 2025) permite cuantificar en 19.000 millones de euros los recursos movilizados para hacer frente a los efectos de la DANA, de los que el 86,9% son aportados por el Gobierno central y el 13,1% por la Generalitat Valenciana, a los que habría que añadir los 946 M€ del Plan de Solidaridad aprobado por la Comisión Europea (13-11-25). En cuanto a los recursos ya empleados, los gestionados por el Gobierno central (tabla 3) ascienden a 5.835,7 M€, lo que supone un grado de ejecución del 53,2%, mientras que de los 2.364 M€ comprometidos por la Generalitat se habrían ejecutado hasta el momento 894 M€ (37,8%).
Los niveles de transparencia y desglose de la información son también muy diferentes, como puede comprobarse en las respectivas webs del Gobierno de España (https://www.lamoncloa.gob.es/info-dana/Paginas/index.aspx), que actualiza semanalmente sus datos y de la Generalitat Valenciana (https://gvaoberta.gva.es/es/visor-ajudes-dana) que tras, la retirada del vicepresidente responsable del área, el general Gan Pàmpols, tiene aún pendiente la publicación del informe de seguimiento del Plan Recuperem València prevista para septiembre de 2025 y tan sólo ofrece datos agregados, lo que dificulta su seguimiento y evaluación.
| Recursos movilizados | 16.600.000.000 |
|---|---|
| Recursos empleados a 24-11-25 | 8.835.741.966 |
| Grado de aplicación (%) | 53,2 |
| Distribución de los recursos empleados | |
| - Actuaciones directas | 673.497.767 |
| - Avales | 783.039.872 |
| - Ayudas y subvenciones | 7.379.204.327 |
| Distribución de las ayudas y subvenciones | |
| - Consorcio compensación seguros | 3.994.145.007 |
| - Infraestructuras | 2.737.894.833 |
| - Empresas, autónomos y trabajadores | 383.829.978 |
| - Agricultura | 247.671.748 |
| - Atención a personas afectadas | 418.387.067 |
Se trata, con todo, del mayor esfuerzo en inversión pública jamás realizado para hacer frente a una catástrofe natural: entre el 30 de octubre de 2024 y el 30 de noviembre de 2025 se habrían destinado una media de 23 millones de euros diarios (21 por parte del Gobierno central y 2 del autonómico) para paliar los efectos de la DANA y fomentar la recuperación de la zona afectada.
A los efectos del tema preferente de nuestra investigación – la evaluación del impacto laboral de la DANA-, la principal norma reguladora fue el Real Decreto-Ley 7/2024, de 11 de noviembre, que incluía en su Exposición de motivos un conjunto de “…medidas para la protección de las personas trabajadoras y de las empresas para sostener el empleo y hacer frente a las sobrecogedoras situaciones personales derivadas de los daños de la DANA”, con la finalidad de configurar, de nuevo, “…un verdadero escudo social con el que afrontar las consecuencias de un fenómeno que es cada vez más frecuente e intenso y pone de manifiesto el impacto del cambio climático en las condiciones de trabajo, en la economía y, en general, en las condiciones de vida de toda la ciudadanía”.
| Real Decreto-Ley 7/2024 – Título VI |
|---|
| Art. 41.- Protección de la salud de las personas trabajadoras Se reconoce que tanto la situación excepcional provocada por la DANA como sus efectos constituyen un “riesgo grave e inminente” en los términos de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de riesgos laborales y, por tanto, la personas trabajadoras tienen derecho no sólo a interrumpir su actividad y abandonar el lugar de trabajo, sino también a no acudir al mismo por cuanto se entiende que, en las circunstancias derivadas del intenso fenómeno meteorológico y de sus consecuencias, el desplazamiento desde o hacia el centro de trabajo las podría colocar en una situación de riesgo |
| Art. 42.- Permisos retribuidos y no recuperables Se trata de permisos especiales directamente vinculados y que encuentran su justificación en situaciones singulares que tienen que ver con la imposibilidad de movilidad de las personas, o que revisten un carácter más trágico y personal para afrontar la pérdida de casas, sus enseres, sus efectos personales o documentos oficiales imprescindibles, pero también y más grave, el infortunio personal de la perdida de familiares. Estos permisos tienen carácter retribuido, no recuperable y se computan como tiempo de trabajo efectivo |
| Art. 43.- Trabajo a distancia Se prioriza la prestación de servicios a través de la modalidad de trabajo a distancia, como forma de organización preferente. En los supuestos de imposibilidad de acceder al trabajo se reconoce a las personas trabajadoras el derecho a la realización del trabajo a distancia salvo que resulte imposible por ausencia de medios de la persona trabajadora o limitaciones o ausencia de cobertura o acceso a la red. |
| Art. 44.- ERTEs Se establecen especialidades en los expedientes de regulación temporal de empleo (ERTE) relacionados con la situación excepcional de la DANA que tenga su causa directa en los daños producidos por la DANA, como sobre las pérdidas de actividad indirectamente originadas por la misma. De este modo puede emplearse el recurso de manera justa como un instrumento al servicio de aquellas empresas y personas trabajadoras realmente afectadas por la DANA, tanto de un modo directo como indirecto. Cuando estas medidas temporales se adopten por causas económicas, técnicas, organizativas y de producción (ETOP) relacionadas con la DANA, las personas trabajadoras se beneficiarán del régimen especial de la prestación por desempleo previsto para los casos de fuerza mayor. Así, no se requerirá periodo de carencia para el reconocimiento de la prestación, su disfrute no implicará el consumo de cotización y la cuantía se obtendrá de aplicar a la base reguladora un porcentaje del 70 por ciento. |
| Art. 45.- Protección por desempleo empleadas de hogar Se regula de manera totalmente novedosa las consecuencias derivadas de la imposibilidad total o parcial de prestar servicios en el ámbito del servicio del hogar familiar, para el que se reconoce expresamente el derecho a la suspensión contractual y a la reducción de la jornada, la aplicabilidad del especial régimen de prestación por desempleo previsto para los casos de fuerza mayor y la forma de acreditar el hecho causante. De nuevo, no será necesario periodo de carencia, no se consumirán periodos cotizados y la cuantía será el 70 por ciento de la base reguladora. Con esta medida se extiende la protección a un colectivo vulnerable y se permite que las personas trabajadoras del hogar accedan a prestaciones de desempleo en unas condiciones que respondan de manera justa a la situación que atraviesan. |
| Art. 46.- Prohibición de despidos Se prohíbe el despido de personas trabajadoras de las empresas que hagan uso de las ayudas directas o de los expedientes de regulación de empleo previstos con ocasión de la DANA. De producirse el despido, se calificará como nulo y la empresa deberá devolver las ayudas recibidas. |
| Art. 47.- Contratos temporales Se garantiza que la suspensión de los contratos temporales a causa de la DANA no afecte a la duración máxima de dichos contratos ni a sus periodos de referencia. |
| Art. 48.- Protección por desempleo Se regulan medidas especiales sobre protección por desempleo, dirigidas a agilizar el reconocimiento de las prestaciones contributivas por desempleo y a proporcionar la máxima protección durante el tiempo en el que no se puedan prestar servicios por causas relacionadas con la DANA. Las prestaciones en favor de las personas trabajadoras, y también de las personas socias trabajadoras y de trabajo incluidas en el Régimen General de la Seguridad Social, serán solicitadas por su empresa o por la cooperativa, y se calcularán en función de los salarios en la empresa o cooperativa afectada por la medida, cobrando durante toda la duración de la prestación el 70% de la base reguladora. Para tener derecho a la prestación no se exigirá periodo de ocupación cotizada y el periodo que se termine cobrando no consumirá futuras prestaciones; como beneficio excepcional, se computará para un futuro reconocimiento de una prestación por desempleo el periodo cotizado por la contingencia de desempleo durante el periodo en el que se hubieran percibido las prestaciones por desempleo reguladas en este real decreto-ley. |
| Art.- 49.- Plan de Empleo Para la contratación de personas desempleadas que llegará a todas las comunidades autónomas con municipios afectados por la DANA. Supone la inversión de 50.000.000 euros para la contratación de personas del sector agrario con un doble objetivo. Por un lado, dar una oportunidad de empleo a personas a quienes la incidencia de la DANA les imposibilite realizar labores agrícolas, y por otro, que puedan ayudar con su trabajo a las labores de reconstrucción de las zonas afectadas. |
De entre las 110 medidas incluidas en dicho Real Decreto-Ley (https://www.boe.es/buscar/pdf/2024/BOE-A-2024-23422-consolidado.pdf) nos centraremos en analizar el contenido y aplicación de las correspondientes a los Títulos VI (empleo, cuadro 3) y VII (Seguridad Social, cuadro 4), posteriormente ampliadas con otras destinadas a la protección de colectivos vulnerables, sobre todo de personas migrantes en situación irregular.
| Real Decreto-Ley 7/2024 – Título VII |
|---|
| Art. 50.- Pensiones extraordinarias Las pensiones de jubilación o retiro por incapacidad permanente o inutilidad, viudedad, orfandad o en favor de los progenitores cuyo hecho causante sea consecuencia de los siniestros producidos por la DANA acaecida entre el 28 de octubre y el 4 de noviembre de 2024, se considerarán, con carácter excepcional, como derivadas de acto de servicio, a los exclusivos efectos de que el cálculo de su cuantía se realice conforme a lo previsto legalmente para las pensiones extraordinarias. Podrá causar derecho a esta protección excepcional el personal comprendido en el ámbito de cobertura del Régimen de Clases Pasivas que se encuentre en la fecha del hecho causante en situación de servicio activo |
| Art. 51.- Planes de pensiones Durante el plazo de seis meses desde la entrada en vigor de este real decreto-ley, los afectados por la DANA que fueran partícipes de planes de pensiones podrán, excepcionalmente, hacer efectivos sus derechos consolidados. |
| Art. 52.- Complemento de ayuda a la infancia a los perceptores del Ingreso Mínimo Vital Sin perjuicio del incremento extraordinario en un porcentaje del 15 por ciento en la prestación del ingreso mínimo vital establecido en el artículo 27 del Real Decreto-ley 6/2024, de 5 de noviembre, el Instituto Nacional de la Seguridad Social reconocerá igualmente un complemento extraordinario adicional de ayuda para la infancia respecto de las mensualidades de noviembre de 2024 a enero de 2025, ambas incluidas, que consistirá en la aplicación de un porcentaje del 30 por ciento al importe mensual que tenga establecido cada unidad de convivencia en los mencionados meses. |
Las medidas cuantificables derivadas de la aplicación directa del escudo social desplegado por el Gobierno de España para la protección del empleo y la actividad productiva en las zonas afectadas por la DANA (tabla 4) ascienden hasta el momento a 449 millones de euros abonados a un total de 124.269 perceptores entre empresas, autónomos y trabajadores asalariados. Por su parte, la Generalitat Valenciana habría destinado 207,8 millones a ayudas directas a empresas y autónomos, así como un complemento único de 360 euros a cada trabajador en situación de ERTE.
| Concepto | Perceptores | Importe en € |
|---|---|---|
| Ayudas directas a: | ||
| - empresas | 10.933 | 261.960.000 |
| - autónomos | 16.605 | 80.080.000 |
| ERTEs | ||
| - prestaciones a trabajadores | 33.643 | 49.935.860 |
| - exoneración cotizaciones a empresas | 2.877 | 21.197.979 |
| Plan de empleo | ||
| - personas contratadas | 3.122 | 35.759.178 |
| Ayudas de inclusión social | ||
| - incremento prestaciones IMV y CAPI | 18.909 | --- |
| - Cese actividad autónomos | 5.156 | --- |
| Autorización de residencia migrantes afectados | 33.044 | --- |
| Total | 124.289 | 448.933.017 |
Junto a las ayudas directas a empresas y autónomos para el mantenimiento o recuperación de su actividad, el eje central del escudo social fueron otra vez los Expedientes de Regulación Temporal de Empleo (ERTE). Se trata de un sistema regulado por el artículo 47 del Estatuto de los Trabajadores que resultó ya clave en la gestión de la COVID (sólo en la Comunidad Valenciana garantizó la continuidad de más de 50.000 empresas y el empleo de 440.000 trabajadores), se consolidó luego por la Reforma Laboral pactada en el ámbito del diálogo social (sindicatos, patronal y Gobierno) y se reactivó de nuevo para hacer frente al impacto de la DANA.
Su aplicación supone la suspensión temporal de la relación laboral o reducción de la jornada por fuerza mayor sin rescisión del contrato, la protección de trabajadores con la prestación por desempleo abonando el 70% de su base salarial por el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) y considerando su vigencia como período cotizado y una exoneración del 100% de las cuotas a la Seguridad Social para las empresas.
Tras la publicación el 11 de noviembre del RD-L /2024 se activó el mecanismo de los ERTE y en pocos días el número de solicitudes creció rápidamente (gráfica 3), hasta alcanzar a finales de diciembre su pico de cobertura (gráfica 4 y tabla 5), iniciando desde entonces un progresivo descenso, como resultado de la reactivación de la actividad de las empresas y la reincorporación de sus trabajadores, tras una permanencia media de 125,2 días bajo la protección de los ERTE, lo que supone una tasa de retorno del 98%. De hecho, un año después sólo seguían en dicha 791 trabajadores (2,3% del total de los registrados durante todo el período).
Fuente.- GVA, Dirección General de Trabajo
En cómputo agregado (de novimbre’24 a octubre’25) fueron 2.877 las empresas valencianas que presentaron un ERTE y 33.643 los trabajadores (8,1% sobre el empleo total de la zona DANA) que recibieron las prestaciones correspondientes durante el período de vigencia del expediente, registrándose niveles de cobertura significativamente mayores en l’Horta Sud (9,3%) y la Zona Cero (14,3%), que dan cuenta del desigual impacto territorial de la afectación (vid. tabla 2). Salvo 10 grandes (Ford, Campofrío, hoteles Ilunion y varias industrias agroalimentarias) se trataba de PYMEs y microempresas con una plantilla media de 9 trabajadores.
Fuente.- Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE)
| Mes | Trabajadores en ERTE | Total Prestaciones € | Prestación media |
|---|---|---|---|
| Noviembre’24 | 11.819 | 11.851.572,53 | 1.002,8 |
| Diciembre’24 | 16.795 | 17.489.007,70 | 1.041,3 |
| Enero’25 | 9.093 | 5.471.036,87 | 601,7 |
| Febrero’25 | 6.751 | 4.403.133,64 | 652,2 |
| Marzo’25 | 3.504 | 1.482.463,81 | 423,1 |
| Abril’25 | 2.578 | 2.008.648,15 | 779,1 |
| Mayo’25 | 1.855 | 1.407.236,92 | 758,6 |
| Junio’25 | 1.243 | 1.128.575,13 | 907,9 |
| Julio’25 | 1.044 | 1.028.021,38 | 984,7 |
| Agosto’25 | 877 | 1.045.366,28 | 1.191,9 |
| Septiembre’25 | 770 | 922.876,39 | 1.198,5 |
| Octubre’25 | 791 | 797.921,17 | 1.004,9 |
| Total | 33.643 | 49.935.859,97 | 1.484,3 |
La cobertura, prestaciones y duración de los ERTEs evitaron, pues, la pérdida de miles de empleos, hasta el punto de que durante su vigencia sólo se aprobaron por la Dirección General de Trabajo de la Generalitat 64 Expedientes de Regulación de Empleo (EREs de extinción contractual) que implicaron el despido de 346 trabajadores (equivalente al 1% de los cubiertos por ERTEs).
La distribución sectorial de sus perceptores (gráfica 5) da cuenta, asimismo, del impacto desigual de la DANA sobre el tejido productivo y terciario de la zona: 12.831 trabajadores de la industria (38,6% del total), de los que un tercio correspondían a la factoría Ford-Almussafes; 864 de la construcción (2,6%) y 19.430 (58,8%) de los servicios.
Fuente.- GVA, Plan Endavant, Diagnóstico
Dadas las características de la catástrofe, que destruyó infraestructuras urbanas y polígonos industriales e inundó la práctica totalidad de las plantas bajas de los edificios de l’Horta Sud y, especialmente, de la Zona Cero, el impacto sobre las actividades productivas y de servicios ubicadas a pie de calle resultó durísimo, por lo que las ayudas a autónomos y los ERTEs (tabla 6) serían fundamentales, registrándose niveles de adscripción a los mismos significativamente muy altos en subsectores como la hostelería, el comercio, las actividades inmobiliarias, educativas y culturales.
Así pues, tal y como confirman las investigaciones más solventes (IVIE-Lab, BBVA-Research) podemos concluir que el papel de los ERTE ha sido extraordinariamente positivo para el mantenimiento primero del empleo y la posterior recuperación de la economía y el empleo en el área afectada, superando ampliamente las expectativas empresariales.
Si los ERTE operaron inicialmente como una estrategia reactiva, los Planes de Empleo impulsados por el Ministerio de Trabajo con carácter complementario (art. 49 del RD-L 7/2024) lo harán desde una perspectiva proactiva con el doble objetivo de reducir el paro mediante la contratación por los Ayuntamientos de parados del sector agrícola y contribuir con su trabajo a la reconstrucción de las zonas afectadas. El primero de dichos planes (RD 1282/2024, de 17 de diciembre) supuso la contratación de 3.122 personas y el segundo, aprobado un año después de la DANA (Orden SEPE TES/1302/2025, de 14 de noviembre) y dotado con un presupuesto de 80,6 millones de euros, prevé la incorporación de otras 7.750 personas.
| Zona 1 | Zona 2 | Horta Sud | Zona Cero | |
|---|---|---|---|---|
| Agricultura, ganadería y pesca | 0,1 | 0,7 | 1,3 | 1,3 |
| Industria manufacturera | 10,9 | 15,3 | 13,8 | 17,7 |
| Agua y actividades de saneamiento | 0 | 3,1 | 1,4 | 4,4 |
| Construcción | 0,3 | 5,6 | 4,8 | 9 |
| Comercio y reparación de vehículos | 2,1 | 14,2 | 9,1 | 19,7 |
| Transporte y almacenamiento | 1 | 5,9 | 4 | 7,7 |
| Hostelería | 1,7 | 31,6 | 26,9 | 43,2 |
| Información y comunicaciones | 0,3 | 3,9 | 3,6 | 5,6 |
| Actividades financieras y de seguros | 0 | 3,8 | 3,7 | 6,6 |
| Actividades inmobiliarias | 0,2 | 12,4 | 11,3 | 20,5 |
| Actividades profesionales y técnicas | 0,4 | 4,7 | 4 | 8,3 |
| Actividades administrativas | 1,4 | 8,4 | 4,8 | 11,7 |
| Administración Pública | 0 | 0 | 0 | 0,1 |
| Educación | 0,1 | 11,5 | 8,8 | 18,2 |
| Actividades sanitarias | 0,2 | 8,7 | 6,5 | 14,2 |
| Actividades culturales | 0,5 | 26,4 | 21,9 | 35,7 |
| Otros servicios | 4,2 | 12,7 | 9,7 | 20,1 |
| Total | 1,8 | 11,9 | 9,3 | 14,3 |
Otras medidas de carácter laboral reguladas por dicho Real Decreto para la protección inicial de las personas trabajadoras (permisos retribuidos y no recuperables para atender contingencias derivadas de la DANA, trabajo a distancia, prevención de riesgos…) resultan más difíciles de evaluar en términos cuantitativos, si bien podemos afirmar que contribuyeron notablemente a frenar dinámicas autoritarias de algunos sectores empresariales que, con la irresponsable complicidad de la administración autonómica, trataban de poner sus intereses económicos por encima de la seguridad y los derechos de los trabajadores, forzándoles a acudir y/o permanecer en la empresa o desarrollar sus funciones aún en situaciones de riesgo.
Mientras la norma estatal garantizaba la seguridad de los trabajadores en los días inmediatamente posteriores a la catástrofe, el reverso negativo lo ofrecía una disposición de la Conselleria de Interior y Justicia que, incapaz de activar a tiempo la alarma que podría haber salvado muchas vidas, se mostró luego especialmente diligente para ofrecer los “salvoconductos” que pedían muchas empresas tras la segunda DANA (13-11-24) para que sus empleados pudieran seguir trabajando aún a riesgo de su seguridad, añadiendo con ello indignidad a su ya demostrada inoperancia. Fueron las denuncias sindicales las que, finalmente, frenaran aquella lamentable iniciativa, que contravenía explícitamente lo dispuesto en el artículo 41 del RD-L 7/2024.
Resulta, igualmente, ilustrativo de los importantes déficits de una determinada cultura patronal que, en respuesta a una encuesta promovida por la Confederación Empresarial Valenciana sobre el impacto de la DANA, se valorase de forma positiva la exoneración de sus cotizaciones sociales en situación de ERTE y negativamente en proporción similar la complementaria prohibición de los despidos o la protección de la seguridad de los trabajadores.
Además de su dimensión laboral, el escudo social promovido por el Gobierno de la nación incluía otras medidas de protección a los colectivos más vulnerables doblemente afectados por la DANA, tales como ayudas en casos de incapacidad sobrevenida (hasta 72.000 euros según grado), incremento del 15% para las pensiones no contributivas, las prestaciones del Ingreso Mínimo Vital (IMV) y las de ayuda a la infancia.
Según los últimos datos oficiales consultados, fueron 18.909 los perceptores del IMV y del complemento de ayuda a la población infantil (CAPI) los que vieron incrementada su prestación anterior (que oscilaba entre los 497 y los 814 euros mensuales).
Por otra parte, ante la imposibilidad total o parcial de prestar servicios en el ámbito doméstico y de los cuidados, el RD-L 7/2024 estableció en su artículo 45 la aplicabilidad a las trabajadoras de este sector (17.400 de alta en la Seguridad Social en la provincia de Valencia, de las que más de la mitad vive o trabaja en las zonas afectadas) del régimen especial de prestación por desempleo previsto para los casos de fuerza mayor, con una cuantía salarial equivalente al 70% de su base reguladora, sin necesidad de período de carencia previo ni posterior consumo de tiempo cotizado.
Con todo, el mayor nivel de vulnerabilidad social era el que afectaba a las personas migrantes en situación irregular de las zonas afectadas que, por carecer de permiso de residencia y empadronamiento administrativo, no podían acceder a las ayudas en materia de vivienda, empleo y seguridad social, pese a ser paradójicamente quienes más las necesitaban, convirtiéndose en los parias de la DANA, atrapados en una espiral de precariedad de la que no sabían cómo escapar, mientras en ocasiones sufrían el acoso provocado por los bulos xenófobos de la extrema derecha.
Fueron, de nuevo, los sindicatos de clase (CC.OO y UGT) quienes junto a las organizaciones sociales implicadas (Oxfam, Coordinadora valenciana de ONGD) plantearon a la Secretaría de Estado de Migraciones la adopción de medidas urgentes para paliar dicho déficit de cobertura.
El acuerdo resultante se concretó en dos vías de regulación extraordinaria, mediante la concesión primero de autorizaciones de residencia y trabajo por un año para los que estuvieran empadronados o con cita en los municipios afectados y, después, con la prórroga o renovación automática y gratuita de las autorizaciones que expiraban, así como la validez asegurada de permisos supeditados al alta en la Seguridad Social.
Se presentaron 37.448 solicitudes para el conjunto de modalidades de autorización, habiéndose resuelto favorablemente hasta el momento 33.044 y quedando otras 101 en trámite de resolución, en una demostración de la eficacia del diálogo social y de dignidad de la acción gubernamental. Se trataba, en definitiva, de proteger a quienes viviendo y trabajando entre nosotros lo habían perdido todo…, aunque apenas tuvieran nada!
Recuperación
Cuando se cumplía un año de la DANA que asoló un tercio de la provincia de Valencia, el servicio de estudios del BBVA publicó un informe evaluando su impacto y perspectivas de recuperación, constatando que uno había sido menor de lo inicialmente estimado y la otra más rápida y positiva de lo previsto.
Mientras que en sus primeras estimaciones el BBVA-Research proyectaba unas pérdidas económicas de entre el 0,55% y el 1,71% del PIB y caídas superiores del empleo, una vez publicadas las cifras oficiales sobre la evolución de ambas variables se confirmaba el coste de la DANA en una cifra equivalente al 0,65% del PIB y una primera contracción del empleo de 1,4 puntos porcentuales.
Tanto este informe como los realizados por otras instituciones (Banco de España, Cámara de Comercio, IVIE) adjudican el cambio positivo de las previsiones a la fuerte inversión impulsada por los poderes públicos para paliar los daños ocasionados por la DANA y que estaría contribuyendo, junto a la resiliencia ciudadana, a acelerar la recuperación de la actividad en los municipios afectados, aunque con diferencias territoriales y sectoriales en ambos procesos.
En este punto, resulta significativa la comparación de la evolución económica de las diferentes áreas afectadas, medida en términos de facturación (tabla 7), según datos de la Agencia Tributaria que analiza el IVIE-Lab en su informe de octubre de 2025.
| Impacto económico DANA (4T2023-4T2024) | |||
|---|---|---|---|
| Total | Grandes | Pequeñas | |
| Total municipios afectados | 3 | 3,2 | 2,6 |
| Zona emergencia 1 | 4,2 | 3,2 | 8 |
| Zona emergencia 2 | 0,3 | 3,2 | -5,6 |
| Horta Sud | 0,7 | 4,5 | -6,1 |
| Zona Cero | -2,6 | 2,4 | -10,6 |
| Recuperación económica post-DANA (1T2024-1T2025) | |||
|---|---|---|---|
| Total | Grandes | Pequeñas | |
| Total municipios afectados | 6,1 | 6,4 | 5 |
| Zona emergencia 1 | 5,5 | 5,4 | 5,9 |
| Zona emergencia 2 | 7,4 | 9,2 | 3,5 |
| Horta Sud | 6,2 | 7,2 | 4,2 |
| Zona Cero | 4,6 | 4,8 | 4,3 |
A efectos de evaluar primero el impacto económico de la DANA se compara la evolución de las ventas totales de empresas y autónomos entre el cuarto trimestre de 2023 y el mismo período de 2024 para las diferentes agrupaciones de municipios en función del grado de afectación de la catástrofe.
Esta primera aproximación permite observar la existencia de una gran heterogeneidad en el impacto territorial de la DANA. Si bien las ventas aumentaron un 3% en el conjunto de municipios analizados, hubo notables diferencias entre las agrupaciones territoriales establecidas en función del desigual impacto de la catástrofe: los municipios menos afectados (zona de emergencia 1) vieron aumentar sus ventas un 4,2% respecto del año anterior, mientras que los de la Zona Cero registraron una caída de 2,6%.
Al iniciar la fase de recuperación (primer trimestre de 2025), la tasa de variación interanual de la facturación registraba globalmente valores positivos (+6,1% respecto del primer trimestre de 2024), si bien persistían diferencias entre las agrupaciones territoriales (+4,6% en la Zona Cero).
El tamaño empresarial opera como un factor determinante, tanto en términos de resistencia frente a las crisis como de resiliencia para su recuperación. Los datos resultan también aquí muy elocuentes, en los dos períodos, al comparar los resultados de las grandes empresas (con una facturación superior a los 6 millones de euros, lo que conlleva la obligación de liquidar mensualmente el IVA) y las pequeñas.
Si nos centramos en el trimestre del impacto de la DANA, la realidad que vivieron las grandes empresas fue prácticamente idéntica en toda el área, con pequeñas oscilaciones. La gran diferencia radica en las pequeñas empresas: si bien las localizadas en la Zona de emergencia 1 experimentaron grandes crecimientos en ventas (+8%), las localizadas en las zonas más afectadas sufrieron un fuerte retroceso (-6,1% en l’Horta Sud y -10,6% en la Zona Cero).
Con respecto a la fase de recuperación, todas las empresas registraron un incremento de su facturación. Las grandes lo hicieron con mayor intensidad que las pequeñas (+6,4% y +5,0%, respectivamente), demostrando tambien, como era previsible, mayor fortaleza en las zonas más afectadas.
Además de los datos macroeconómicos (PIB, facturación empresarial), resulta necesario atender a la evolución de las variables procedentes del mercado de trabajo con objeto de completar la evaluación que pretendemos de la eficacia, alcance y límites del escudo social post-DANA. En este caso, los indicadores a analizar son los de la afiliación a la Seguridad Social de trabajadores asalariados, así como los registros de paro y contratación laboral.
En todos los casos se comprueba que con ser inicialmente duro el impacto habría resultado transitorio y la recuperación más temprana de lo previsto. Si atendemos, de entrada, a la evolución de la afiliación a la Seguridad Social de trabajadores asalariados (gráfica 6) comprobamos que, tras una caída inicial entre noviembre’2024 y enero’2025, se inicia pronto un ciclo de recuperación que mantendrá desde entonces las oscilaciones habituales de temporada, siendo finalmente mayor el crecimiento del empleo en la Zona Cero más castigada.
Entre octubre de 2024 y el mismo mes del año siguiente la afiliación a la Seguridad Social registró un incremento neto de 44.549 personas en toda la provincia y de 5.051 en la Zona Cero de la DANA, en la que el empleo creció porcentualmente por encima de la media (5,7 y 4.8 por cien, respectivamente).
Dicha tendencia refleja la evolución de la contratación laboral (tabla 8) que, tras registrar una ligera contracción en el primer trimestre del año seguirá desde entonces un crecimiento sostenido, hasta consolidarse en valores superiores al mismo período del año anterior, confirmando así el efecto positivo de las políticas de protección implementadas y la capacidad de resiliencia de empresas y trabajadores.
Fuente.- Ministerio de trabajo
| Industria | Servicios | Total | |
|---|---|---|---|
2024 | |||
| T1 | 1.753 | 5.029 | 6.782 |
| T2 | 1.844 | 6.016 | 7.860 |
| T3 | 2.040 | 6.012 | 8.052 |
| T4 | 1.962 | 6.250 | 8.212 |
2025 | |||
| T1 | 2.062 | 5.768 | 7.830 |
| T2 | 2.346 | 6.943 | 9.289 |
| T3 | 2.136 | 6.458 | 8.594 |
La evolución del paro registrado (gráfica 7) constituye, finalmente, el espejo invertido de dicha tendencia: mientras que entre octubre’24 y enero’25 aumentaba en un 2,1% en el conjunto de la provincia y un 3,3% en la Zona Cero, experimentaría desde entonces una reducción sostenida (-8,4%), especialmente significativa en la Zona Cero, de manera que justo un año después había en la provincia de Valencia 9.960 parados registrados menos y 1.851 menos en la Zona Cero.
Fuente.- Ministerio de trabajo
Así pues, mientras se dirimen las responsabilidades políticas (dimisión del presidente Mazón, demanda de elecciones autonómicas) y judiciales (sumario abierto en el Juzgado de Catarroja), la evolución de los indicadores económicos y sociales, así como los informes de los principales institutos de investigación coinciden en valorar muy positivamente la cobertura y efectos del escudo social desplegado por el Gobierno de la nación tras la DANA, pese a la persistencia de ritmos desiguales de recuperación que aconsejan focalizar las inversiones pendientes de ejecución en las áreas y sectores que más sufrieron entonces el impacto de una catástrofe natural y una gestión política que no pueden ni deben repetirse.
Referencias documentales
BBVA Research, Situación Comunitat Valenciana (segundo semestre 2025), https://www.bbvaresearch.com/publicaciones/espana-situacion-comunitat-valenciana-segundo-semestre-de-2025/
--- Quantifying the economic impact of extreme climate events: evidence from the Valencia floods, WP 25/3 (octubre, 2025)
file:///C:/Users/perej/Downloads/WP_25_13_WB.pdf
CÁMARA-Valencia, Informe de daños en la industria de los 87 municipios afectados por la DANA (noviembre, 2024), https://www.camaravalencia.com/wp-content/uploads/2024/11/Informe-danos-ocasionados-por-la-DANA-en-la-industria-de-la-zona-afectada.pdf
--- Balance de la situación empresarial de la zona cero, tras un año de la DANA (septiembre, 2025), https://dev.camaravalencia.com/wp content/uploads/2025/10/Presentacion-Un-ano-de-la-dana-1.pdf
CC.OO.-PV, InfoDANA. Propuestas, asesoría y seguimiento. https://www.pv.ccoo.es/Informaci%C3%B3/DANA
COMITÉ ECONÓMICO Y SOCIAL, Impacto social y económico de la DANA y medidas adoptadas (marzo, 2025),
https://www.ces.gva.es/sites/default/files/2025-03/CESCV_Impacto_DANA_y_MEDIDAS_ADOPTADAS_Def.pdf
CONFEDERACIÓN EMPRESARIAL VALENCIANA, Estudio del impacto de la DANA en la actividad empresarial y el mercado laboral (enero, 2025)
https://www.cev.es/wp-content/uploads/ESTUDIO-IMPACTO-DANA-EN-LA-ACTIVIDAD-EMPRESARIAL-Y-EL-MERCADO-LABORAL.pdf
GENERALITAT VALENCIANA, Plan Endavant. Plan de recuperación y reconstrucción de la Comunidad Valenciana (julio, 2025),
https://planendavant.gva.es/documents/393406936/393408958/20250729_Plan+Endavant_vCastellano.pdf/6f324454-4001-1ebe-b983-ab16d9fe023b?t=1753875615359
GOBIERNO DE ESPAÑA, Plan de reconstrucción de las zonas afectadas por la DANA,
https://www.lamoncloa.gob.es/info-dana/Paginas/2024/051124-ayudas-plan-reconstruccion-relanzamiento.aspx
--- Seguimiento de las medidas y ayudas desplegadas por el Gobierno (11 de noviembre de 2025), https://www.lamoncloa.gob.es/info-dana/Documents/dana-actualizacion-datos-gobierno-10112025-12-00.pdf
IVIELab, Alcance económico de la DANA del 29 de octubre en la provincia de Valencia (enero, 2025) https://www.ivie.es/wp-content/uploads/2025/01/Alcance_Impacto_Dana_Ivie_IvieLAB_ENERO25-1.pdf
--- Evaluación económica del impacto de la DANA en los municipios afectados: Impacto en ventas y en ERTE (octubre, 2025), https://www.ivie.es/wp-content/uploads/2025/07/Entregable-4C_Impacto_dana_24oct-1.pdf
UGT-PV, InfoDANA. Propuestas, asesoría y seguimiento. https://www.ugt-pv.es/cms/index.php/actualitat/12611-ddd