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¿Qué obligaciones tienen las empresas en materia de prestaciones por desempleo?

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La normativa establece como obligaciones de los empresarios y las empresarias en esta materia:

  • Cotizar por la aportación empresarial a la contingencia de desempleo.
  • Ingresar las aportaciones propias y las de sus trabajadores y trabajadoras en su totalidad, siendo responsables del cumplimiento de la obligación de cotización.
  • Proporcionar la documentación e información necesaria para el reconocimiento, suspensión, extinción o reanudación del derecho a las prestaciones.
  • Entregar a la persona trabajadora el certificado de empresa en tiempo y forma.
  • Abonar al Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) las prestaciones satisfechas por este a las personas trabajadoras cuando la empresa hubiese sido declarada responsable de la prestación por haber incumplido sus obligaciones en materia de afiliación, alta o cotización a la Seguridad Social.
  • Comunicar al SEPE la readmisión de la persona trabajadora despedida, en el plazo de cinco días desde que se produzca. Asimismo, ingresar las prestaciones que el SEPE haya satisfecho a las personas trabajadoras por el concepto de salarios de tramitación.