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Cese de la actividad

La disposición transitoria primera del Real Decreto-ley 28/2018, de 28 de diciembre, para la revalorización de las pensiones públicas y otras medidas urgentes en materia social, laboral y de empleo, dispone que desde el 01 de junio de 2019 la protección por cese de actividad de las personas trabajadoras incluidas en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos (RETA), es gestionada por una mutua colaboradora de la Seguridad Social y por el Instituto Social de la Marina (ISM).

Por tanto, el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), no gestiona las altas iniciales de prestación por cese de actividad desde el 01 de junio de 2019.