Cita Previa Sede electrónica

La Formación en el trabajo, contempla las siguientes iniciativas de formación:

a) La formación programada por las empresas, para su personal.

b) La oferta formativa no vinculada al Catálogo Nacional de Estándares de Competencias Profesionales de las administraciones competentes para personas trabajadoras ocupadas, constituida por los programas de formación sectoriales y los programas de formación transversales.

Debe atender a los requerimientos de productividad y competitividad de las empresas, a las necesidades de adaptación a los cambios operados en el puesto de trabajo y a las aspiraciones de promoción profesional y desarrollo personal de las personas trabajadoras, de forma que les capacite para el desempeño cualificado de las distintas profesiones y les permita mejorar su empleabilidad.

La programación de esta oferta formativa estará dirigida a cubrir las necesidades no cubiertas por la formación programada por las empresas para su personal, y se realizará tomando como base el informe anual de prospección y detección de necesidades formativas y el escenario plurianual de formación.

c) La oferta formativa no vinculada al Catálogo Nacional de Estándares de Competencias Profesionales de las administraciones competentes para personas trabajadoras desempleadas, que incluye los programas de formación en el trabajo dirigidos a cubrir las necesidades detectadas por los servicios públicos de empleo, ajenas y complementarias al sistema de formación profesional o universitario, los programas específicos de formación y los programas formativos con compromisos de contratación.

Esta oferta formativa se programará ajustada tanto a las necesidades formativas individuales, conforme al perfil de cada persona, como a las necesidades del sistema productivo, con el objeto de que adquieran las competencias requeridas por el mercado de trabajo y mejoren su empleabilidad. Con carácter general, esta oferta formativa otorgará prioridad a las personas desempleadas con bajo nivel de cualificación.

d) Formación en alternancia con el empleo. Tiene por objeto contribuir al impulso de una formación que responda a las necesidades del mercado laboral mediante un proceso mixto, de empleo y formación, que permite a la persona compatibilizar el aprendizaje con la práctica profesional en el puesto de trabajo. Esta formación incluye la formación a través de los contratos para la formación y el aprendizaje y los programas públicos mixtos de empleo-formación aprobados por las Administraciones públicas.

e) Otras iniciativas de formación en el trabajo: los permisos individuales de formación, formación de las personas en situación de privación de libertad y a la formación de los militares de tropa y marinería que mantienen una relación de carácter temporal con las Fuerzas Armadas, cuando estas se refieren a ofertas formativas contempladas en el Catálogo de Especialidades Formativas de la formación en el trabajo, previa suscripción de los correspondientes convenios entre las instituciones públicas competentes.

Las Comunidades Autónomas con competencias asumidas en materia de formación en el trabajo, gestionan directamente las ofertas formativas para personas ocupadas y para personas desempleadas, así como otras iniciativas de formación.