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Bonificaciones y Reducciones para el Contrato Indefinido o Temporal Dirigidos a Ámbitos y Colectivos Específicos

Trabajadores parados de larga duración

Contratación indefinida de personas desempleadas e inscritas en la oficina de empleo al menos doce meses en los dieciocho meses anteriores a la contratación

Cuantía:

Hombres menores de 45 años: 110 euros/mes.

Mujeres menores de 45 años: 128 euros/mes.

Hombres mayores de 45 años: 128 euros/mes.

Mujeres mayores de 45 años: 128 euros/mes.

Duración: 3 años.

Vigencia de la medida: indefinida.

Normativa: artículo 21 del Real Decreto-ley 1/2023, de 10 de enero, de medidas urgentes en materia de incentivos a la contratación laboral y mejora de la protección social de las personas artistas.

Bonificaciones por la contratación de personas en el entorno familiar

Cuantía:

Reducción del 20 % a las cotizaciones devengadas a la Seguridad Social por contingencias comunes.

Bonificación del 80 % en las aportaciones empresariales a la cotización por desempleo y Fondo de Garantía Salarial.

Respecto a las personas trabajadoras incluidas en el Sistema Especial para Empleados de Hogar, podrán resultar de aplicación las bonificaciones en la cotización establecidas en las letras a) y b) del artículo 17.1 y en el artículo 18.1 del Real Decreto-ley 1/2023, de 10 de enero, de medidas urgentes en materia de incentivos a la contratación laboral y mejora de la protección social de las personas artistas y en la disposición adicional novena de este real decreto-ley, no resultándoles aplicables las exclusiones que pudieran establecerse para las relaciones laborales de carácter especial.

Duración: durante toda la situación de alta en el Régimen General de la Seguridad Social.

Vigencia de la medida: indefinida

Normativa

Real Decreto 1620/2011, de 14 de noviembre, por el que se regula la relación laboral de carácter especial del servicio del hogar familiar.

Real Decreto-ley 16/2022, de 6 de septiembre, para la mejora de las condiciones de trabajo y de Seguridad Social de las personas trabajadoras al servicio del hogar.

Disposición adicional tercera del Real Decreto-ley 1/2023, de 10 de enero, de medidas urgentes en materia de incentivos a la contratación laboral y mejora de la protección social de las personas artistas.

Penados en instituciones penitenciarias y menores en centros de internamiento

Bonificación del 65 % por los conceptos de recaudación conjunta de desempleo, formación profesional y Fondo de Garantía Salarial.

Duración: toda la vigencia del contrato.

Vigencia de la medida: indefinida

Normativa:

Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social.

Disposición transitoria segunda del Real Decreto-ley 1/2023, de 10 de enero, de medidas urgentes en materia de incentivos a la contratación laboral y mejora de la protección social de las personas artistas.

Bonificaciones respecto de personas contratadas en determinados sectores de actividad y ámbitos geográficos

Las empresas, excluida la administración pública y las entidades, organismos y empresas del sector público, dedicados a actividades encuadradas en los sectores de agricultura, pesca y acuicultura; industria, excepto energía y agua; comercio; turismo; hostelería y resto de servicios, excepto el transporte aéreo de ala fija, construcción de edificios, actividades financieras y de seguros y actividades inmobiliarias, así como en otros sectores o ámbitos de actividad que se determinen legalmente, en las ciudades de Ceuta y Melilla, con cuentas de cotización asignadas a dichas empresas en las que tengan personas trabajadoras con contratos indefinidos que presten actividad en las referidas ciudades.

También resultará de aplicación exclusivamente en el caso de que las empresas desarrollen, para cada persona trabajadora con contrato bonificado, acciones formativas relacionadas con la actividad empresarial por un tiempo mínimo de duración de 20 horas cada año, salvo que el período de aplicación de la bonificación dentro del año haya sido inferior a seis meses. El desarrollo, organización y comunicación de las acciones formativas a que se refiere el párrafo anterior deberán realizarse en el marco de la iniciativa de formación programada por las empresas para sus personas trabajadoras, conforme a lo previsto en la Ley 30/2015, de 9 de septiembre, por la que se regula el Sistema de Formación Profesional para el empleo en el ámbito laboral, y en su normativa de desarrollo.

Cuantía: 262 euros/mes.

Duración: Toda la vigencia del contrato.

Vigencia de la medida: Indefinida.

Normativa: artículo 31 del Real Decreto-ley 1/2023, de 10 de enero, de medidas urgentes en materia de incentivos a la contratación laboral y mejora de la protección social de las personas artistas.

Tripulantes de buques (Islas Canarias)

Inscritos en el Registro Especial de Buques y Empresas Navieras de Canarias y tripulantes de buques adscritos a los servicios regulares entre las Islas Canarias y entre éstas y el resto del territorio nacional.

Reducción del 90 % en la cuota empresarial a la Seguridad Social por todos los conceptos.

Duración: indefinida.

Vigencia de la medida: indefinida.

Normativa: Ley 19/1994, de 6 de julio, de modificación del Régimen Económico y Fiscal de Canarias.

Bonificación por la contratación indefinida o la incorporación como persona socia en la cooperativa o sociedad laboral de personas que realizan formación práctica en empresas

La contratación indefinida o la incorporación como persona socia en la cooperativa o sociedad laboral de las personas que desarrollen formación práctica en las empresas por parte de la empresa donde las realice, ya sea a la finalización o durante el desarrollo de la misma.

Para el caso de incorporación como persona socia en la cooperativa, la citada bonificación sólo será de aplicación cuando dicha entidad haya optado por un régimen de Seguridad Social propio de personas trabajadoras por cuenta ajena.

Cuantía: 138 euros/mes.

Duración: Durante tres años.

Vigencia de la medida: indefinida o durante toda la vigencia del contrato si se trata de personas con discapacidad.

Normativa:

Ley 5/2011, de 29 de marzo, de Economía Social.

Artículo 25 del Real Decreto-ley 1/2023, de 10 de enero, de medidas urgentes en materia de incentivos a la contratación laboral y mejora de la protección social de las personas artistas.

Bonificaciones por la incorporación de personas trabajadoras como socias trabajadoras o de trabajo a cooperativas y sociedades laborales

Cuantía y duración:

La incorporación de personas trabajadoras desempleadas como socias trabajadoras o de trabajo a cooperativas y sociedades laborales, dará derecho a una bonificación en la cotización, en los términos establecidos en el artículo 10, de 73 euros/mes durante tres años, cuando dichas entidades hayan optado por un régimen de Seguridad Social propio de personas trabajadoras por cuenta ajena.

Si las incorporaciones a que se refiere el apartado anterior se realizan con personas jóvenes menores de 30 años, o personas menores de 35 años que tengan reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento, la bonificación será de 147 euros/mes durante el primer año, y de 73 euros/mes durante los dos años restantes.

Normativa: artículo 28 y disposición final tercera del Real Decreto-ley 1/2023, de 10 de enero, de medidas urgentes en materia de incentivos a la contratación laboral y mejora de la protección social de las personas artistas.

Cofinanciación del Fondo Social Europeo

Las bonificaciones de las cuotas a la Seguridad Social descritas podrán estar cofinanciadas por el Fondo Social Europeo.

Catálogo de publicaciones de la Administración General del Estado

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Actualizado a septiembre de 2023