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Mi excónyuge no me paga la pensión alimenticia de mis hijos/hijas, ¿cómo lo justifico?

Si su excónyuge no le paga la pensión de alimentos fijada por sentencia a favor de sus hijos e hijas, debe acreditarlo mediante el pronunciamiento judicial en el que se refleje el impago de la pensión alimenticia o que es imposible ejecutar la sentencia que condenó a su excónyuge al abono de la deuda. Para esto, es preciso que previamente usted interponga la correspondiente acción civil o penal.

Con carácter general, la pensión de alimentos fijada en sentencia en favor de los hijos y las hijas se computa como renta suya para verificar el requisito de hijos o hijas a cargo, si se trata de una prestación de nivel contributivo, o de responsabilidades familiares en el caso de un subsidio por desempleo. En el supuesto de impago, no se considerarán rentas.