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¿Podré cobrar el paro
cuando me dé de baja en autónomos
por el tiempo que coticé
como persona trabajadora
por cuenta ajena anteriormente?
Dejar de trabajar como persona autónoma
no es una situación legal de desempleo
y no podrás cobrar en ese caso una ayuda por desempleo.
Si quieres saber más
sobre la situación legal de desempleo
pincha aquí.
Para poder cobrar una ayuda por desempleo
deberás volver a trabajar por cuenta ajena,
es decir, para otra persona o empresa,
y esperar a quedarte en desempleo otra vez,
ya que esa, sí será una situación legal de desempleo.
En este caso, para calcular lo que te corresponde de ayuda,
se tendrá en cuenta todo lo que has cotizado a desempleo
en los 6 años anteriores
a esta última situación legal de desempleo.
Cotizar:
Pago que hacen a la Seguridad Social
tanto las personas trabajadoras
como las empresas
y que te da derecho a cobrar el paro
o la pensión de jubilación.
Si cobras una ayuda por desempleo
tras el despido como persona trabajadora
por cuenta ajena
y empiezas a trabajar como persona autónoma,
podrás seguir cobrando la ayuda
cuando dejes de ser autónoma,
siempre que hayas trabajado como autónoma
menos de 24 meses.
En este caso,
no importa que te hayas dado de alta
como persona autónoma
en alguno de los Regímenes de la Seguridad Social.
Si has trabajado como persona autónoma
durante 24 meses o más,
pero menos de 60 meses,
también podrás volver a cobrar la ayuda por desempleo
si justificas haberte dado de alta como persona autónoma,
en el Régimen de la Seguridad Social
de Trabajadores por Cuenta Propia
o en el Régimen Especial de los Trabajadores del Mar.
Régimen de afiliación:
Son los sistemas para pagar
a la Seguridad Social
según el trabajo que hagas
y que permite acceder
a los servicios necesarios para tu bienestar
como la sanidad pública
o la prestación por desempleo.