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¿Puedo ser beneficiario o beneficiaria de prestaciones por desempleo?
Se te considera persona beneficiaria de una prestación, si estás percibiendo prestación económica por desempleo en su nivel contributivo (prestación contributiva) o asistencial (subsidio por desempleo).
Es decir, puedes ser persona beneficiaria de prestaciones:
- Si has tradajado más de un año y tienes situación legal de desempleo.
- Si has agotado tu prestación contributiva y continúas en situación de desempleo.
- Si acreditas más de tres y menos de 12 meses cotizados y situación legal de desempleo.
- Si eres persona trabajadora mayor de cincuenta y dos años y cumplas los demás requisitos exigidos.
- Si eres víctima de violencia de género, violencia ejercida por padres o hijos o violencia sexual.
- Si eres persona emigrante española retornada y has trabajado al menos 12 meses desde tu salida de España en países no pertenecientes al Espacio Económico Europeo (EEE) o donde no exista convenio en materia de protección por desempleo.
También tendrás la consideración de persona beneficiaria de prestaciones por desempleo si:
- Eres trabajador o trabajadora desempleada, durante el plazo de los quince días hábiles que tienes para presentar la solicitud de las prórrogas trimestrales del subsidio por desempleo.
- Durante la suspensión cautelar o definitiva de tu prestación o subsidio por desempleo, como consecuencia de un procedimiento sancionador, es decir, durante el periodo en el que esté suspendida tu prestación por incumplir la obligación de presentar en los plazos establecidos los documentos que te sean requeridos por el Servicio Público de Empleo Estatal, cuando estos documentos puedan afectar a la conservación de tu derecho.