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Glosario de conceptos relacionados con el empleo

Se incluye en primer lugar un resumen de los conceptos básicos que se utilizan en los sistemas de intermediación y empleo, formación en el trabajo y prestaciones, con el fin de aclarar los términos que se emplean más adelante, en la definición detallada propuesta de los indicadores que se utilizarán en el sistema de evaluación.

1.- Conceptos básicos del sistema actual de intermediación y empleo

Paro registrado

 

Concepto estadístico que se corresponde con las demandas de empleo pendientes de satisfacer el último día del mes, y que suma las personas demandantes de empleo inscritas al final de cada mes que no tienen alguna de las causas de exclusión siguientes, establecidas por la Orden Ministerial de 11 de marzo de 1985 (BOE 14 marzo 1985), por la que se establecen criterios estadísticos para la medición del paro registrado:

  • Personas trabajadoras ocupadas: Las que solicitan un empleo para compatibilizarlo con el actual o cambiarlo por el que tienen, las que están en suspensión o reducción de jornada por un expediente de regulación de empleo, las que están ocupadas en trabajos de colaboración social y las que compatibilizan un trabajo a tiempo parcial y la prestación por desempleo.
  • Personas trabajadoras sin disponibilidad inmediata para el trabajo o en situación incompatible con el mismo: jubiladas, pensionistas de invalidez absoluta o gran invalidez, personas mayores de 65 años, en situación de incapacidad temporal, maternidad o baja médica, estudiantes de enseñanza oficial reglada, siempre que sean menores de 25 años o mayores de esta edad si son demandantes de primer empleo, y asistentes a cursos de formación profesional ocupacional, cuando sus horas lectivas superen las veinte semanales, tengan una beca de manutención y sean demandantes de primer empleo.
  • Personas trabajadoras que demandan exclusivamente un empleo de características específicas tales como las siguientes: empleo a domicilio, por período inferior a tres meses, de jornada semanal inferior a 20 horas, para trabajar en el extranjero y aquellas personas que se inscriben en las oficinas públicas de empleo como requisito previo para participar en un proceso de selección para un puesto de trabajo determinado.
  • Personas trabajadores eventuales agrarias beneficiarias del subsidio especial por desempleo que están percibiéndolo o que, habiéndolo agotado, no haya transcurrido un período superior a un año desde el día del nacimiento del derecho.
  • Personas que rechazan acciones de inserción laboral adecuadas a sus características y las que tienen suspendida la demanda, en tanto permanezcan en esa situación.

Esta información se obtiene de distintos campos de la demanda, que han podido ser anotados por la persona responsable de realizar la propia entrevista o como consecuencia de cruces internos (prestaciones, comunicación de la contratación, formación…) o bien por cruces externos con otros organismos (educación, seguridad social, defensa, etc).

Las personas demandantes excluidas del paro registrado en base a las causas anteriores figuran bajo la denominación: “Demandas pendientes no incluidas en el paro registrado”.

Demandantes

 

Las personas que se registran en los SPE pueden adquirir distintas categorías durante la vida de su demanda:

  • Demandantes de empleo - Son las personas que solicitan un trabajo a través del SPE, y suponen el 99% de las personas que se registran en los SPE. Ser demandante de empleo conlleva también ser demandante de servicios.
  • Demandantes de servicios previos al empleo - Son personas que antes de entrar en el mercado laboral precisan recibir uno o más servicios que les permitan adquirir habilidades o conocimientos de los que carecen. Esta categoría se asigna normalmente a criterio del personal técnico.
  • Demandante de otros servicios - Muchas Administraciones Públicas ofrecen beneficios a las personas que “están en el paro”. Ello induce a que se registren como demandantes personas que realmente no buscan empleo ni quieren recibir servicios de los SPE, pero a las que se les pide que sean demandantes para recibir esos beneficios. Cuantitativamente suponen un porcentaje muy pequeño respecto del total de personas demandantes (en torno al 0,5%) pero, aunque no incrementan las cifras de paro registrado, distorsionan bastante la gestión, por lo que es preciso tenerlos perfectamente identificados.

Situaciones administrativas de las demandas

Las demandas pueden encontrarse en una de estas tres situaciones administrativas diferentes:

  1. Situación de alta.
  2. Situación de suspensión.
  3. Situación de baja.

Una persona demandante tiene la condición de “inscrito” si, y solo si, su demanda se encuentra en situación de alta o suspensión. Como norma general, a efectos del actual sistema de indicadores, los criterios de extracción de datos se entienden referidos a demandas inscritas.

Las causas por las que se producen cambios entre estas situaciones pueden ser diversas:

  • Pasar a situación de alta - Por registro inicial, por recuperación de una baja, por reactivación de una suspensión, etc.
  • Pasar a situación de suspensión, con o sin intermediación - Por formación, por incapacidad temporal, por baja maternal, por obligaciones familiares, etc. 
  • Pasar a situación de baja - Se puede producir por diferentes causas, siendo las principales:
    • Por colocación por cuenta ajena o propia.
    • Por jubilación o invalidez.
    • Por rechazar trabajos, acciones o programas.
    • Por no renovar la demanda de empleo.
    • Por baja voluntaria.
    • Por fallecimiento.
    • Por ingreso en prisión para cumplir condena.
    • Por no presentar documentación ligada a su condición de persona extranjera.
    • Etc.

Con carácter general una persona demandante en baja no tiene la consideración de persona inscrita, pero puede recibir determinados servicios.


 

Situaciones laborales de las demandas en relación con el empleo

A su vez, las demandas pueden provenir de personas que se encuentren en alguna de las tres situaciones siguientes:

  • Ocupadas.
  • Trabajadoras agrarias.
  • Desempleadas.

Los dos primeros colectivos no se incluyen en la contabilización del paro registrado. Son las personas desempleadas las que contabilizan en éste, salvo que tengan alguna otra causa que los excluya, según la Orden Ministerial de 1985, de medición del paro registrado.

Oferta de empleo

 

Las empresas pueden ofrecer vacantes a los SPE para que las gestionen. En una oferta de empleo, además de la descripción del puesto vacante y del perfil de las candidaturas, se indica el número de puestos que se ofertan. Es importante tener en cuenta que en una única oferta se pueden ofrecer uno o varios puestos de trabajo, y que además su número y características pueden ir variando durante el período de vida de la oferta, dependiendo de las necesidades de la empresa. Por este motivo, en un momento determinado los puestos de trabajo de una oferta de empleo pueden pertenecer a alguno de los siguientes tipos: 

  • Puestos registrados - Son los puestos ofertados en el registro inicial de la oferta de empleo.
  • Puestos ampliados - Son los puestos que se amplían en un momento posterior al registro inicial de la oferta.
  • Puestos ofertados - Son los puestos registrados más los ampliados.
  • Puestos cubiertos - Son los puestos que se han cubierto como consecuencia de la comunicación de un contrato de trabajo por parte de la empresa con la que la persona demandante fue puesta en contacto para cubrir una oferta.
  • Puestos anulados - Son los puestos que se anulan en un momento posterior al registro inicial de la oferta. 
  • Puestos pendientes - Son los puestos que en un momento determinado aún están vacantes (los registrados más los ampliados, menos los cubiertos y los anulados).

El proceso de gestión de las ofertas de empleo puede ser muy variado. Una empresa puede ofertar un puesto para cubrirlo rápidamente, con lo cual la vida de la oferta será muy corta, mientras que otra puede anticiparse mucho a la necesidad para así disponer de más tiempo para escoger las mejores candidaturas, o puede que tenga que cubrir muchos puestos. En estos casos las ofertas pueden llegar a permanecer abiertas durante bastante tiempo. 

Uno de los problemas con que se encuentran los SPE al gestionar las ofertas es que es muy frecuente que las empresas intenten cubrir sus puestos utilizando varios canales en paralelo, con objeto de encontrar las mejores candidaturas (ofertándolos a los SPE, mediante contactos personales, a través de agencias, etc.) Y cuando un puesto ofertado se acaba cubriendo finalmente a través de alguno de los otros canales, es muy habitual que no se comunique su cobertura al SPE. Aproximadamente el 80% de los puestos ofertados a los SPE se acaban cubriendo a través de la gestión de éstos, mientras que el 20% restante se acaba haciendo finalmente a través de otros canales.

También es frecuente que la denominación del puesto que finalmente se cubre no coincida exactamente con la denominación del puesto que se ofertó, por lo que resulta difícil determinar con exactitud si uno se corresponde con el otro.

Situaciones de las ofertas de empleo

 

Las ofertas de empleo pueden encontrarse en distintas situaciones de gestión excluyentes entre sí, siendo las principales:

  • Registrada - No se ha hecho ninguna gestión con la oferta.
  • Atendida o emparejada - El SPE ha identificado al menos a una persona que pudiera ser candidata (creación de la relación demanda-oferta a través de un sondeo, cita, etc.)
  • En casación - Se ha enviado a la empresa al menos a una persona.
  • Concluida - Ya no se hace gestión directa con ella y queda con cero puestos pendientes, pero la persona responsable de la gestión puede volverla a recuperar y además hay procesos automáticos que siguen haciendo gestión con ella (proceso de cobertura de puestos descrito más adelante).
  • En baja - No se hace ninguna gestión con ella y no se puede recuperar para la gestión.

Adicionalmente, cualquiera de las anteriores puede estar a la vez:

  1. En difusión nacional - Son las ofertas puestas en difusión por los SPE en el Portal del Sistema Nacional de Empleo, que a su vez se difunden en el portal Empléate.
  2. En difusión regional - Son las ofertas puestas en difusión por los SPE en sus propios portales.

Relación demanda-oferta

 

Es la relación que se genera cuando una persona demandante entra en contacto con una oferta de empleo a través de los SPE. Estas personas pueden estar en distintas situaciones, entre otras por haber sido: 

  • Sondeada - El SPE obtiene personas candidatas sondeando las demandas que cumplen con los requerimientos de la oferta.
  • Citada - El SPE la ha citado como paso previo al envío a la empresa, para comprobar cuestiones relacionadas con su perfil, con su interés por el puesto de trabajo, etc.
  • Enviada - El SPE la envía a la empresa como candidata, quedando pendiente del resultado. Como hemos indicado antes, muchas veces el resultado no retorna a los SPE.

Colocación de personas demandantes

 

- Es la colocación por cuenta ajena de demandantes. Se extraen del fichero de colocaciones y se generan como consecuencia de la comunicación de contratos de trabajo. 
A los efectos de las colocaciones tienen la consideración de demandantes aquellas cuya demanda está en situación administrativa de:

  • Alta.
  • Suspensión.
  • Baja de menos de 6 meses.

Las colocaciones de demandantes en relación con la oferta de empleo registrada en el servicio público de empleo (SPE), se realiza a través del código de cuenta de cotización de la empresa (no a través del NIF de la empresa), y pueden ser:

• Con oferta previa - Se entiende que hay oferta previa cuando, o bien la empresa consigna el número de oferta en la comunicación de la contratación, o bien se localiza una oferta con el mismo CCC de la empresa que contrata. Dependiendo de la situación de la demanda en la relación demanda-oferta, las colocaciones pueden ser:

  • a) Con gestión de la oferta de empleo - Los SPE han realizado algún tipo de gestión con la demanda en relación con el CCC de la empresa que contrata, es decir, existe alguna relación demanda-oferta entre la persona trabajadora contratada y el CCC de la empresa. Puede ser: 
    • Con envío - La persona demandante ha sido enviada previamente a la oferta de empleo que figura en el contrato comunicado (si se ha consignado) o a otra oferta del mismo r CCC y, por tanto, en alguna de las relaciones demanda-oferta de ese CCC, la demanda está con situación de enviada. 
    • Sin envío – La persona demandante no ha sido enviada previamente a ninguna oferta de ese CCC, pero se ha realizado alguna gestión con la demanda en la oferta de empleo que figura en el contrato comunicado (en el caso que se haya consignado) o en otra oferta del mismo CCC. Por lo tanto, en alguna de las relaciones demanda-oferta para ese CCC, la demanda figura con otras situaciones previas al envío (sondeada, citada, etc.) Esta situación es relativamente frecuente, y suele darse porque la persona trabajadora, ha contactado directamente con la empresa, anticipándose al posible proceso de envío por parte del SPE. 
  • b)    Sin gestión de la oferta de empleo - Los SPE no han realizado ningún tipo de gestión, es decir, no existe ninguna relación demanda-oferta entre la persona contratada y el CCC, pero la empresa ha consignado el número de la oferta en la comunicación de la contratación.

Hay que señalar que es muy raro que se consigne el número de oferta de empleo en la comunicación del contrato. Como se ha dicho anteriormente, la búsqueda de ofertas para localizar la situación de envío u otras anteriores, se hace a nivel de empleador a través del código de cuenta de cotización (CCC), no a nivel de empresa (NIF). 

Sin oferta previa - No existe ninguna relación demanda-oferta entre la persona contratada y el CCC y tampoco se ha consignado el número de oferta en la comunicación de la contratación.

Dependiendo de los servicios que haya recibido la demanda, previos a la colocación, las colocaciones pueden ser:

  • Con servicios recibidos – La demanda ha recibido algún servicio en los 6 meses anteriores a la comunicación de la colocación.
  • Sin servicios recibidos – La demanda no ha recibido ningún servicio en los 6 meses anteriores a la comunicación de la colocación.