Resumen
El Libro blanco sobre empleo y discapacidad publicado por el Real Patronato sobre Discapacidad en julio de 2023 constituye un amplio estudio científico y detallado del tratamiento del empleo de las personas con discapacidad y sus propuestas de futuro. El gran objetivo es visibilizar y analizar, desde una concepción amplia, el trabajo de las personas con discapacidad, conjugándolo con la necesidad de contribuir a la creación del necesitado proyecto emancipatorio del derecho social de la discapacidad, cuya clara finalidad es aportar claves e importantes propuestas de lege ferenda para la formulación de las necesarias y actualizadas políticas públicas y privadas, además de eficaces en la eliminación de las barreras y obstáculos que todavía persisten en el empleo de las personas con discapacidad.
Abstract
The White Paper on employment and disability published by the Royal Board of Trustees on Disability in July 2023 constitutes an extensive scientific and detailed study of the treatment of employment of people with disabilities and its proposals for the future. The main objective is to make visible and analyze, from a broad conception, the work of people with disabilities, combining it with the need to contribute to the creation of the much-needed emancipatory project of the social right of disability, whose clear purpose is to provide keys and important proposals. de lege ferenda for the formulation of the necessary and updated public and private policies, as well as effective in eliminating the barriers and obstacles that still persist in the employment of people with disabilities.
1. Introducción
La existencia del Libro Blanco sobre Empleo y Discapacidad (en adelante LBED) no es baladí. Las entidades promotoras del mismo (Real Patronato sobre Discapacidad, la Secretaría de Estado de Empleo y Economía Social, el Servicio Público de Empleo Estatal, la Fundación ONCE y el CERMI), han contribuido a hacer posible su existencia y contribuir a dar cumplimiento al capítulo V del RD 1069/2021, de 4 de diciembre por el que se aprueba la Estrategia Española de Apoyo al Empleo (2021-2024) publicada en el BOE de 7 de diciembre de 2021, en cuyo capítulo mencionado, expresamente se dice: “Con base en el contenido abordado en el grupo de trabajo 6 para el desarrollo de la Estrategia se elaborará el Libro Blanco del Empleo para las Personas con Discapacidad en colaboración con la Dirección General de la Discapacidad, del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030, los interlocutores sociales, las comunidades autónomas y las entidades representativas del sector de la Discapacidad”. Igualmente, el Eje 1 Objetivo 2 de la Estrategia Española sobre Discapacidad 2022-2030 para el acceso, goce y disfrute de los derechos humanos de las personas con discapacidad (Versión 04/05/2022) fija la “Elaboración del Libro Blanco de Empleo y Discapacidad que sea palanca para un nuevo marco legislativo y de política pública del Empleo y Derecho al Trabajo de las Personas con Discapacidad en España”.
Cabe recordar que, desde un punto de vista normativo, el encuentro entre discapacidad y derechos humanos, se produce con la aprobación por parte de Naciones Unidas de la Convención Internacional de los Derechos de las Personas con Discapacidad (CDPD). En nuestro país el modelo social está presente en el vigente Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de Derechos de las Personas con Discapacidad y de su Inclusión Social destacando de su Exposición de Motivos que las personas con discapacidad conforman un grupo vulnerable y numeroso al que el modo en que se estructura y funciona la sociedad ha mantenido habitualmente en conocidas condiciones de exclusión. Este hecho ha comportado la restricción de sus derechos básicos y libertades condicionando u obstaculizando su desarrollo personal, así como el disfrute de los recursos y servicios disponibles para toda la población y la posibilidad de contribuir con sus capacidades al progreso de la sociedad. La Ley 3/2023,de 28 de febrero, de Empleo, contempla asimismo como colectivo de atención prioritaria a las personas con discapacidad e inclusión de las personas con trastorno del espectro del autismo como colectivo de “especiales dificultades”, que sin perjuicio de las medidas contempladas por el Texto Refundido de la Ley General de Derechos de las Personas con Discapacidad y de su Inclusión Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, la atención de personas demandantes de servicios de empleo con discapacidad se encauzaran por múltiples vías a través de programas específicos y generales. Los servicios de empleo procurarán, prioritariamente, el acceso de dichas personas al empleo ordinario, pero también la creación y funcionamiento de Centros Especiales de Empleo y Enclaves Laborales que faciliten su integración en el mercado de trabajo.
Nuestra sociedad que no es monolítica, es plural y diversa, existe y persiste un variado y profuso conjunto de impedimentos que privan a las personas con discapacidad del pleno ejercicio de sus derechos y los efectos de estos obstáculos se materializan en el derecho al trabajo y en una situación de casi perpetúa exclusión social, que debe ser inexcusablemente abordada por los poderes públicos para paliar las altas tasas de pobreza y exclusión social.
El Observatorio Estatal de la Discapacidad (enero 2023) ha analizado los últimos datos de Eurostat relativos a la discapacidad/pobreza/exclusión social (2021) indicando que el 21,7% de la población de la Unión Europea (UE) se encuentra en riesgo de pobreza o exclusión social y en relación a las personas con discapacidad, el Eurostat indica que, en 2021, el 29,7% de la población de la UE de 16 años o más con discapacidad estaba en riesgo de pobreza o exclusión social en comparación con el 18,8 % de las personas sin discapacidad. Cabe destacar que los países europeos que muestran mayores tasas de población con discapacidad en riesgo de pobreza o exclusión social son Bulgaria (45,3%), Rumania (44,2%) y Letonia (41,2%). En España, el porcentaje de población de 16 años o más con discapacidad que se encuentra en riesgo de pobreza o exclusión social se sitúa en el 33%, esto es, tres puntos más que la media europea.
Un dato importante es la diferencia porcentual de riesgo de pobreza o exclusión social entre personas con discapacidad y las personas sin discapacidad por países en 2021 muestra diferencias significativas en Irlanda con 24,7 puntos porcentuales, seguida por Estonia (19,9) y Lituania con (21,1). En España, el 33% de la población de 16 años o más con discapacidad estaba en riesgo de pobreza o exclusión social mientras que en la población de 16 años y más sin discapacidad este porcentaje se situaba en el 24,5%, esto supone una diferencia porcentual de 8,5 puntos. Las diferencias según sexo y discapacidad son llamativas, pues las mujeres con discapacidad presentan porcentajes de riesgo de pobreza o exclusión más altos que los hombres con discapacidad. Así, en 2021, el 30,6% las mujeres de la UE de 16 años o más con discapacidad estaba en riesgo de pobreza o exclusión social.
Es una realidad que el número de personas con discapacidad vaya en aumento, si en 2023 se estiman 4.711.737 personas con discapacidad, en 2050 se prevé que aumenten a 6.657.174 las personas con discapacidad. Así se desprende del estudio efectuado en el capítulo IV que, desglosado por sexos, además, de otras variables ponen de manifiesto de forma sostenida que la situación de la mujer con discapacidad es comparativamente peor que la de los hombres.
Según la última Encuesta EDAD 2020, un 58.6% de mujeres tienen discapacidad a pesar de que representamos un 51% de la población española. Los análisis prospectivos desarrollados ponen de manifiesto que la edad representa un factor esencial, porque los porcentajes de discapacidad se elevan progresivamente a partir de los 55 años. En el caso de las mujeres, el punto de inflexión se produce un poco antes, a los 45 años, que es cuando superan a los hombres en un 5% hasta llegar a ser un 71% de la población de esa edad cuando cumplen 90 años. No obstante, el análisis realizado presenta tendencias diferentes en grupos de población en edad de trabajar de gran interés social que el poder legislativo debe de atender para paralizar y en su caso eliminar sus múltiples y generales efectos perversos y muy particularmente en el empleo.
En particular en el empleo, la Declaración Universal de Derechos Humanos en su art. 23, afirma que “toda persona tiene derecho al trabajo, a la libre elección de su trabajo, a condiciones equitativas y satisfactorias de trabajo y a la protección contra el desempleo” y el art. 27 CDPD dispone que las estructuras generales deben ser inclusivas, lo que permitiría que las personas con discapacidad participen en el mercado de trabajo y trabajen en condiciones de igualdad con las demás. Lógicamente debemos de partir de una construcción holística en la determinación de lo que debe significar el “trabajo” como una relación social sobre la que reposa todo el sistema económico, pero principalmente estructura el sistema social y vertebra políticamente un proyecto de futuro en el que las personas con discapacidad forman parte. Como ha señalado el profesor Baylos “El trabajo al ser un espacio de derechos es también un espacio de conflicto y de lucha por estos derechos, donde se realiza la idea democrática, un campo de derechos individuales y colectivos que abre además la posibilidad de ser titular de derechos de Seguridad Social, es decir, que enlaza la cláusula de Estado social con una situación de subordinación o de dependencia social y económica que caracteriza al trabajo asalariado como llave de una extensión universal”. Esto quiere decir que, desde el punto de vista del trabajo de las personas con discapacidad, el desempeño de un trabajo, aparece como una imprescindible actividad social creativa, dignifica la condición humana y le dota de un componente central en la creación de riqueza, permitiendo su obligada participación social.
Por tanto, el trabajo de las personas con discapacidad se conceptualiza también como empleo, y en esa condición se entiende que ingresa en el llamado mercado de trabajo. Los datos de la UE son inquietantes puesto que solo la mitad de los 42,8 millones de personas con discapacidad en edad de trabajar en la UE tiene empleo. Se han analizado extensamente las bases demográficas, sus características, estimación, perfiles y evolución de las personas con discapacidad con especial referencia a la población activa y las personas con discapacidad de todas las edades, como hemos subrayado, aumentarán progresivamente, de forma sostenida tal y como los autores y autoras han analizado en el capítulo IV. La perspectiva de género y las acciones positivas en las políticas públicas y privadas que permitan reducir y eliminar las altas tasas de desocupación y desempleo de las mujeres con discapacidad deben de constituir un objetivo prioritario. Un resultado visible en los diferentes capítulos del Libro Blanco es que la edad y el sexo juega un papel muy importante, porque los porcentajes de discapacidad se elevan progresivamente a partir de los 55 años y en nosotras las mujeres mucho antes. Las curvas de evolución de la discapacidad en personas en mayores de edad obedecen en gran medida a las pautas de evolución de la población general en edad de trabajar, realizando una observación importante para estas personas con grandes necesidades de apoyo especialmente destinatarias de medidas ad hoc hoy insuficientes para su integración laboral en los mecanismos de empleo protegido. También es muy valorado el análisis exhaustivo que se realiza a nivel de CCAA en el capítulo señalado.
El avance de los últimos años es una realidad, sobre todo en la información disponible acerca del empleo y el mercado de trabajo de las personas con discapacidad fundamentalmente a través de la labor incesante de operación estadística del INE y los informes de mercado de trabajo del SEPE, que permiten tener una visión general de la situación anual y de la evolución de la participación de las personas con discapacidad en el mercado de trabajo y de la contratación y paro registrados anualmente. Sin embargo, es necesario profundizar y seguir avanzando en el análisis de esta información más allá de las extensas investigaciones que se presentan en el LBED, la vertiente constructiva que emana de la sensibilidad y estudio a la hora de realizar este capítulo preliminar y de presentación nos invita a ahondar en el conocimiento de cuatro cuestiones fundamentales tales como conocer en primer lugar, dónde trabajan las personas con discapacidad (las empresas, las entidades del tercer sector social, las fórmulas de economía social…) y la representatividad que tienen estos empleadores en la generación de empleo para personas con discapacidad, diferenciando en este análisis las entidades obligadas a cumplir la cuota de reserva y las no obligadas. En segundo lugar, disponer de los análisis desagregados por factores de interseccionalidad y necesidades específicas de apoyo para las personas con discapacidad. En tercer lugar, efectuar el correspondiente análisis y seguimiento en las trayectorias laborales de las personas con discapacidad. Y en cuarto lugar, analizar las causas de inactividad que en muchas ocasiones pueden ir vinculadas con la aplicación de un marco normativo de fuerte incompatibilidad de prestaciones -aun mínimas- con la realización de una actividad laboral. El estudio de estas cuatro cuestiones constituye, a nuestro juicio, un primer eslabón de una cadena de medidas necesarias para llevar a cabo la transformación del empleo de las personas con discapacidad.
Esta forma de entender el mercado de trabajo se visibiliza, aún en términos generales, en la gestión de la política de empleo en la reciente Ley 3/2023, de 28 de febrero, de Empleo, con el reforzamiento del Sistema Público Integrado de Información de los Servicios de Empleo y con la importancia de las decisiones fundamentadas en el análisis de datos, las evidencias estadísticas y el análisis del mercado de trabajo con estrecha relación en las cuestiones ligadas a la evaluación de la política de empleo (arts. 66 a 70). Además, un modelo de buen gobierno requiere el establecimiento de dirección y gestión que transciendan e impulsen esta línea de investigación interdisciplinar en el estudio específico y completo de la participación en el mercado de trabajo de las personas con discapacidad, en el sentido señalado.
2. Contenidos del Libro blanco sobre empleo y discapacidad. Capítulos del I al IV.
Es importante subrayar que el LBED es el resultado del trabajo realizado por un amplio equipo de personas expertas, pertenecientes al ámbito académico e integrado por once universidades, así como la destacable participación de los Sindicatos más representativos CCOO, UGT y de la Confederación Española de Organizaciones Empresariales (CEOE) y validado por el Comité Institucional. El denominador común de los once capítulos, el capítulo VIII Bis y un capítulo preliminar es contribuir a la edificación de un nuevo marco legislativo y de política pública del Empleo y Derecho al Trabajo de las Personas con Discapacidad en España. En este sentido, este Libro Blanco se proyecta desde un planteamiento ejecutivo y propositivo, haciendo un diagnóstico e identificando los principales problemas o situaciones y regulaciones susceptibles de mejora, acompañando un conjunto de conclusiones y propuestas de actuación en el ámbito normativo y organizativo.
El LBED se estructura como hemos señalado, en el presente capítulo más once más, un capítulo bis y, finalmente uno de conclusiones, cada uno de ellos contiene un análisis exhaustivo de la situación de partida en cada una de las materias analizadas y que pasamos a resumir su contenido.
- Capítulo I. La reformulación de los derechos de las personas con discapacidad y sus desafíos en la economía digital.
Sabemos que los cambios tecnológicos, económicos y sociales provocan cambios en el trabajo y exigen cambios para afrontarlos, cambios en la cultura jurídica, en las políticas previstas, en las decisiones sobre las estrategias, en las políticas públicas, donde las personas con discapacidad deben tener su obligado espacio público. Cambios que afronten las transformaciones sociales y vuelvan a colocar al trabajo en el centro de la sociedad, una necesidad ineludible en el día de hoy con las personas con discapacidad para gozar de la dignidad humana y de una vida digna. Es a partir del trabajo como se pueden intentar remover las desigualdades presentes en las personas con discapacidad, por eso también se constituye como fundamento político de las opciones constitucionales por la democratización de las relaciones de poder, público y privado, que están presentes en la configuración del empleo de las personas con discapacidad y que deben ser analizadas colectiva e individualmente.
En el capítulo I se aborda un novedoso análisis y de gran relevancia social y económica como son los desafíos en la economía digital inclusiva y su reformulación de los derechos de las personas con discapacidad. La revolución digital o lo que es lo mismo la industria 4.0 está cambiando nuestra existencia y, en lo económico, nuestras decisiones sobre qué producir, cómo consumir, cómo organizarnos y cómo relacionarnos. La clave para avanzar, la verdadera disrupción, en una transformación laboral y social sin precedentes es saber guiar la interconexión de tres pilares fundamentales: personas, tecnología y procesos. Es en el primer pilar donde encontraríamos grandes oportunidades para la inclusión de las personas con discapacidad, pero también, importantes barreras como muy bien señalan sus autores afirmando que las tecnologías disruptivas como la inteligencia artificial, pueden ser una herramienta básica para su inclusión al facilitar el acceso a la información, a la comunicación y a la toma de decisiones; mejorar la accesibilidad, la asistencia personal, la libre circulación y la autonomía, o los servicios de habilitación y rehabilitación. Pero este proceso presenta claroscuros y puede no orientarse hacia el logro de la inclusión deseada tal y como indican los autores.
- Capítulo II. El discurso sobre la centralidad del empleo de las personas con discapacidad.
En este capítulo su autora y autor analizan el discurso sobre la centralidad de las personas con discapacidad desde la filosofía política o del derecho y la teoría social fijando la necesaria combinación de la igualdad efectiva con el reconocimiento y la atención a la situación de discapacidad, y a las distintas diversidades, basándose en la doctrina de Ferrajoli, sosteniendo la igualdad y dignidad de todas las diferencias, o la teoría de las capacidades de Nussbaum o de Sen, que han contribuido de manera importante en esta dirección. Por ello, la repetida referencia también a la necesidad de reforzar y atender a la diversidad en el ámbito de los derechos sociales, sin los cuales apenas cabría el despliegue pleno de los restantes derechos. El discurso de los derechos humanos es un discurso de lucha contra las barreras y el concepto de discapacidad que comienza a elaborarse en el siglo XX vincula “las barreras” como referente esencial.
Un corolario del LBED de indudable importancia, es subrayar que la plena inserción laboral de las personas con discapacidad, con garantía de unas condiciones de trabajo dignas, disfrute de la mayor autonomía individual y reconocimiento íntegro de sus especificidades a nivel personal y colectivo, sería huérfana, sin la garantía al derecho a disfrutar de una ciudadanía plena, participando activamente de manera integral en nuestra sociedad, ello implica que las personas con discapacidad debemos de dejar de concebirlas como meros sujetos objeto de atención, gestión y de administración y concebirlas como sujetos y protagonistas de esta gestión y administración, debiendo estar presentes en las políticas públicas y en los movimientos sociales de nuestro país constituyendo una plena participación y transformación de las condiciones sociales, políticas y económicas de vida de su propio entorno y país. El nuevo escenario con la revolución digital, la industria 4.0 constituyen una excelente oportunidad para tomar en consideración práctica para el trabajo, la mejora en el mercado laboral, el desarrollo profesional y la adaptación de las personas con discapacidad y la eliminación de las barreras que impidan o limitan la empleabilidad en este ámbito.
Dicho capítulo pretende contribuir a las futuras políticas públicas junto con iniciativas privadas y colaborativas que nos permitan avanzar para garantizar que todas las personas con discapacidad, independientemente de su sexo, origen racial o étnico, religión o creencias, edad u orientación sexual disfruten de sus derechos humanos con plenitud, dejen de experimentar discriminación intersectorial y consigan la plena igualdad de oportunidades y plena participación en la sociedad y en la economía. En definitiva, no es otro objetivo que cumplir con el propósito del art. 1 CDPD “El propósito de la presente Convención es promover, proteger y asegurar el goce pleno y en condiciones de igualdad de todos los derechos humanos y libertades fundamentales por todas las personas con discapacidad, y promover el respeto de su dignidad inherente”. La CDPD implica una revisión de la teoría de la justicia social, además proporciona argumentos para hablar de nuevos derechos, que deberían ser redefinidos como derechos básicos y que no constituyen, en verdad, derechos específicos de las personas con discapacidad, sirva de ejemplo el art. 27 el derecho al trabajo y al empleo. Las carencias y estrecheces históricas hasta ahora situaban a las personas con discapacidad en inferioridad de condiciones, en definitiva, como personas frágiles, necesitadas de atención, de cuidado, con problemas múltiples, muy limitadas en cuanto a sus posibilidades de inclusión plena en la sociedad. Ello requiere replantearse la concepción general del mercado de trabajo desde nuevos valores, más allá de la productividad y la competitividad, que tengan en cuenta la aportación de las personas con discapacidad, lo que podría contribuir a superar dualidades.
- Capítulo III. Los derechos de las personas con discapacidad: el derecho a un trabajo digno.
Con un importante enfoque de género, se centra en el estudio de los derechos de las personas con discapacidad en especial consideración al derecho a un trabajo digno que lógicamente conforma uno de los objetivos centrales – no únicos- que se especifican en TRLDPD al señalar su art. 37, que “será finalidad de la política de empleo… mejorar la calidad del empleo y dignificar sus condiciones de trabajo, combatiendo activamente su discriminación”. Por lo que como expresamente se señala en dicho capítulo los elementos cualitativos se suman a los cuantitativos para enfatizar la necesidad de generar y mantener un empleo digno, equiparable al que pueda obtener cualquier persona, de modo que la discapacidad no se convierta en un elemento que genere empleo precario o vulnerable. Lo anterior está íntimamente ligado al cumplimiento del ODS núm. 8.5 “trabajo decente crecimiento económico” a “lograr el empleo pleno y productivo y el trabajo decente para todas las mujeres y los hombres, incluidos los jóvenes y las personas con discapacidad, así como la igualdad de remuneración por trabajo de igual valor”. Interesa enfatizar como se desarrolla en todas las temáticas analizadas la conexión permanente con un cuidado análisis de la perspectiva de género.
- Capítulo IV. Bases demográficas. Características, estimación, perfiles y evolución de las personas con discapacidad con especial referencia a la población activa.
Potente y original análisis empírico en la caracterización de las personas con discapacidad, que representan aproximadamente el 9,5% de la población española. A lo largo del capítulo se estudia especialmente el subgrupo de las personas con discapacidad en situación de actividad laboral (58% hombres y 42% mujeres), identificando sus principales características y comparándolas con la población española en general, para así descubrir resultados esenciales y relevantes que permiten a los autores identificar en qué variables se encuentran los rasgos más diferenciales de este colectivo. Las autoras y el autor realizan un análisis presentando dos interesantes proyecciones con base demográfica de la discapacidad en España de 2022 a 2050, combinando fuentes de la Encuesta EDAD 2020 y últimas proyecciones demográficas de la población española del Instituto Nacional de Estadística, presentando datos interesantísimos de todas las edades y sobre las personas en edad de trabajar, desglosadas por edad y sexo, datos por CCAA, tipos de discapacidad y del colectivo con grandes necesidades de apoyo.
3. Contenidos del Libro blanco sobre empleo y discapacidad. Capítulos V, VI y VII.
- Capítulo V. El mercado de trabajo de las personas con discapacidad.
En este capítulo se realiza un intenso estudio de un tema central como es el mercado de trabajo de las personas con discapacidad. Se sirve de importantes informes y datos empíricos que ponen de manifiesto cifras alarmantes, casi dos de cada tres personas con discapacidad paradas que demandan empleo son personas paradas de larga duración, su índice de afiliación alcanza solamente el bajísimo 1,50% o, dicho en otros términos, su tasa de inactividad duplica a la de las personas no discapacitadas y ello viene arrastrando una panoplia de resultados con consecuencias en el plano personal, familiar y social que sitúa a las personas discapacitadas en los umbrales de la pobreza, de ahí que convenga establecer ayudas, bonificaciones y medidas para incentivar la colocación de personas con discapacidad al menos hasta que las cuotas de empleabilidad, superen o lleguen a unos porcentajes mínimos en el nivel de exigencia del empleo de las personas con discapacidad. La autora analiza el desempleo de las personas con discapacidad también en el medio rural y con el factor adicional de la despoblación, subrayando que la carencia material severa es notablemente más elevada entre las personas con discapacidad (7,5%) que entre las personas sin discapacidad (3,7%). Dicha situación empeora en el caso de las personas con discapacidad intelectual, como revela el mencionado VIII informe FOESSA “Discapacidad. La exclusión no es solo de pobres” (2019) y la Estrategia de desarrollo sostenible 2030. Un proyecto de país para hacer realidad la Agenda 2030 del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 reconoce que “una de cada tres personas con discapacidad -32,5%- estaba en 2019 en situación de pobreza o exclusión social, valor que se eleva hasta el 36,5% en caso de una discapacidad severa, frente al 22,5% de las personas que no presentan ninguna forma de discapacidad. Todos estos datos justifican la existencia y permanencia del empleo protegido, cumpliendo además su meta esencial como es actuar como palanca para el tránsito hacia el trabajo en el mercado ordinario.
En este capítulo se analiza entre otros temas, materias profundas en el marco de las relaciones laborales de las personas con discapacidad, así extensamente se vuelve a analizar la cuota de reserva desde una doble perspectiva, su regulación normativa y su aplicabilidad y se analizan los CEE coincidiendo en la necesidad de impulsar el carácter social de los mismos al objeto de conseguir que esta relación laboral especial cumpla su meta principal, cual es potenciar el tránsito de las personas con discapacidad al mercado ordinario, especialmente de quienes presentan mayores dificultades, lo cual en los términos que se señalan en el riguroso análisis “requiere revisar y actualizar las ayudas económicas para elevar el tratamiento a los de “iniciativa social”, que frente a los privados con ánimo de lucro agrupan un 51% de todos los CEE y prácticamente el 60% de las personas con discapacidad en empleo protegido”.
- Capítulo VI. El singular papel de las entidades de iniciativa social en la creación de empleo para las personas con discapacidad.
Sabemos que las entidades de iniciativa social que conforman el Tercer Sector son una pieza clave en el proceso de promoción y generador de empleo entre las personas con discapacidad ya que como señalan las autoras, saben atender las peculiaridades de este sector tan desfavorecido de la sociedad, el estudio es muy exhaustivo analizando el singular pero importante papel que realizan las entidades de iniciativa social en la creación de empleo para las personas con discapacidad, unido a un dato objetivo, y es que el Tercer Sector dispone de un presupuesto importante, aportando un 1.41 % del PIB en España.
El análisis realizado es triple: por un lado, las organizaciones de la Economía Social con Acción Económica (cooperativas, mutuas, sociedades laborales, CEEs y nuevas formas de economía colaborativa), por otro lado entidades de Acción Social (asociaciones, fundaciones, federaciones y confederaciones); y por último, las entidades singulares del Tercer Sector (Cáritas, Cruz Roja y ONCE). A lo largo del capítulo, se realiza una labor constructiva e identificativa al abordar la actuación social como entidad singular que realiza como modelo el Grupo Social de la Organización Nacional de Ciegos (ONCE), conformado por la suma de la ONCE, la Fundación ONCE y el grupo de empresas sociales ILUNION. Igualmente, se identifica una figura clave como es “el emprendedor social”, desde una doble perspectiva: crea soluciones económicamente sostenibles y da respuesta a problemas sociales generando un valor social. El emprendimiento social es el responsable de la creación de empresas sociales que se articulan en empresas de inserción social, CIS y CEE. Se pone en valor la labor del Tercer Sector de la discapacidad en cuanto a verdadero promotor y generador de empleo de las personas con discapacidad, lo que está propiciando que muchas personas se integren en nuestra sociedad, sin impedir avanzar en el necesario enfoque en el que el modelo que representan los CEE se integre en empresas ordinarias.
- Capítulo VII. El papel de los interlocutores sociales en el empleo de las personas con discapacidad.
Los interlocutores sociales cuentan con una destacada participación. No solo analizan el estado de la cuestión y los pasos que los interlocutores sociales consideran necesarios para que se dé un diálogo social fructífero y con resultados viables y eficaces, también desarrollan algunas experiencias muy interesantes. La participación de CEOE, CCOO y UGT enriquece sin duda el LBED, sus propuestas integradas en un análisis exhaustivo permiten identificar perfectamente la opinión y posición de los interlocutores sociales. Los mismos detallan cómo a través del diálogo social, pueden incidir de manera muy favorable en la situación de las personas con discapacidad en el mundo laboral, tanto en referencia al empleo ordinario, como al comúnmente denominado empleo protegido. Las autoras y autor no olvidan, por otra parte, otras cuestiones concretas que son analizadas en dicho capítulo y que deberían servir para dotar de contenido al diálogo social, para, de este modo, fomentar, una inclusión real, efectiva e igualitaria, que, libre de barreras legales, garantice a las personas con discapacidad un empleo de calidad; entre ellas se encuentran, medidas normativas que aseguren entornos laborales accesibles y saludables y exentos de prácticas discriminatorias, directas e indirectas, definiendo el concepto de ajustes razonables y estableciendo criterios legales para una correcta adaptación de los puestos de trabajos en función de la discapacidad. La negociación colectiva desempeña un papel crucial en la determinación de las condiciones de trabajo de las personas con discapacidad, a través de ella las organizaciones sindicales y empresariales y las empresas conforman las bases para el mantenimiento de buenas relaciones laborales.
4. Contenidos del Libro blanco sobre empleo y discapacidad. Capítulos VIII y IX.
- Capítulo VIII. El mercado de trabajo de las personas con discapacidad en Europa y en el ámbito internacional, conforme al modelo del estado social de derecho.
Qué duda cabe que el empleo de las personas con discapacidad es un reto social de gran trascendencia para cualquier país, sobre todo cuando se pretende crear una sociedad justa e inclusiva que permita combinar la dignidad y la justicia con la productividad. Son loables los compromisos adquiridos a través de Estrategias en las que se hace un gran esfuerzo por mostrar el camino a seguir, pero es necesario que el legislador incorpore medidas concretas de forma más decidida en la ley. En este sentido se estudian todas las líneas de actuación de la Estrategia Española sobre Discapacidad 2022-2030 y que tienen una marcada actuación presente y futura del legislador en nuestro país. La Estrategia Española de Apoyo Activo al Empleo 2021-2024 como instrumento de coordinación del Sistema Nacional de Empleo y la Ley 3/2023, de Empleo, junto con los Planes Anuales de Política de Empleo y el Sistema de Información de los Servicios Públicos de Empleo, reflejan las políticas activas de empleo y de intermediación laboral que se desarrollan en el conjunto del Estado, incluyendo tanto los servicios y programas que realizan los servicios públicos de empleo con fondos estatales como los que las comunidades autónomas realizan con recursos económicos propios y al igual que la anterior Estrategia invita a realizar reformas normativas necesarias en materia de políticas activas de empleo a favor de las personas con discapacitada acometiendo el análisis, revisión e impulso del marco normativo de programas estatales de Políticas Activas de Empleo dirigidas, todas ellas, de manera integrada a favorecer de la inclusión laboral de las personas con discapacidad, estableciendo los contenidos mínimos que serán de aplicación en el conjunto del Estado, en relación con los incentivos al empleo en el mercado ordinario y en el mercado protegido a través de los centros especiales de empleo y la aplicación de la cuota de reserva y medidas alternativas.
En el LBED no podía faltar un extenso estudio jurídico sobre el derecho comparado (capitulo VII bis), entendido como instrumento valioso e insustituible de los análisis y contrastes materiales en el tratamiento jurídico del empleo de las personas con discapacidad y específicamente centrado en cinco elementos fundamentales como son: la consideración de persona con discapacidad, la existencia de legislación antidiscriminación, específica o con referencia a las personas con discapacidad en la legislación general, la existencia de medidas de acción positiva, el empleo protegido y los derechos laborales garantizados. El estudio se ha delimitado en los modelos de empleo referentes en el entorno europeo más próximos a la realidad de España como son Francia, Alemania, Italia y Suecia, identificando similitudes con el modelo español y detallando los avances y reconfiguraciones más recientes de estos modelos como consecuencia de las normas internacionales impulsadas en los últimos años.
- Capítulo IX. Régimen jurídico.
Analiza como su propio nombre indica, el régimen jurídico en derecho del trabajo y generosamente también de protección social con una contextualización objetiva que va desde la LISMI (1982) hasta nuestros días, lo que obliga de nuevo a subrayar normativamente el paso de la preferencia de empleo en el medio ordinario de trabajo a la preferencia del empleo protegido.
En opinión de los autores, el auge del empleo protegido y las subvenciones salariales que lo incentivan, absorbe una gran cantidad de recursos y que podrían condicionar el correcto despliegue de figuras clave alineadas con la CDPD, como el empleo con apoyo y las adaptaciones. También es analizado el marco normativo entre el Estado y las comunidades autónomas cuando comparten actuación e intervención en el terreno de la creación normativa y de la ejecución de políticas de empleo en favor de las personas con discapacidad, buscando soluciones para una mayor y deseada homogeneidad, sobre todo en el ámbito del empleo con apoyo. Es conocido que el Estado interviene con plena intensidad en el terreno de la legislación laboral, mientras que las comunidades autónomas actúan preferentemente en el ámbito de la ejecución laboral, lo que incluye, entre otros, la gestión de la intermediación y la gestión de la excepcionalidad y las medidas alternativas a la cuota de reserva de empleo, y con la reciente Ley 3/2023, 28 de febrero, Ley de Empleo se deberá de realizar un esfuerzo importante en la gestión de las políticas de empleo con los grupos vulnerables dentro de los cuales se encuentran las personas con discapacidad. Ambos niveles políticos colaboran a través de la Conferencia Sectorial de Empleo y Asuntos Laborales y los autores señalan la necesidad de potenciar esta coordinación en el empleo con apoyo, en la gestión de la excepcionalidad y las medidas alternativas y en la garantía de mantenimiento con suficiencia económica al menos en los programas de empleo con apoyo; de contratación laboral en la empresa ordinaria; coste salarial para personas con discapacidad severa en CEE y adaptaciones o ajustes.
No descuidan sus autores y autora el tratamiento de la intermediación laboral, sus luces y sus sombras, subrayando un factor clave como es el papel del Servicio Público de Empleo, que utiliza el elemento auxiliar del registro de personas demandantes con discapacidad en relación con otros instrumentos de intermediación existentes, entre los que se encuentran, los servicios de empleo con apoyo como un ámbito clave. Se plantea de forma muy innovadora, la posibilidad con apoyo normativo en la Ley Orgánica 3/2007, de igualdad, la regulación de planes de igualdad a negociar entre empresas de 50 o más personas trabajadoras y representantes legales o centrales sindicales con la finalidad de garantizar, entre otros, el acceso al empleo, el cumplimiento de la cuota de reserva y la implementación de adaptaciones para los trabajadores y trabajadoras con discapacidad. Asimismo, se prioriza la igualdad salarial y una particular atención a la no discriminación en la carrera profesional y se persigue evitar la discriminación múltiple de las mujeres con discapacidad al tiempo que se contemplen las dificultades de las personas con discapacidad severa.
El estudio finaliza con importantes observaciones y propuestas dirigidas en esta ocasión al Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, en materia de protección social muy actuales con efectos prácticos de indudables consecuencias para las personas con discapacidad como son la prestación de jubilación, la incapacidad permanente, el ingreso mínimo vital y la pensión no contributiva de invalidez y la compatibilidad entre prestaciones y el trabajo por cuenta ajena o propia.
5. Contenidos del Libro blanco sobre empleo y discapacidad. Capítulos X y XI.
- Capítulo X. Derecho del Trabajo y Seguridad Social en relación con las personas con discapacidad.
En este capítulo se estudia la contratación laboral de personas con discapacidad, ya sea indefinida, temporal o formativa, incentivada, principalmente, con bonificaciones y reducciones en las cuotas de la Seguridad Social y con subvenciones para la creación y el mantenimiento del empleo, tanto en el entorno ordinario como en el protegido. Contextualiza la finalidad de los incentivos, fundamentalmente para corregir las actuales desigualdades que penalizan a este colectivo en nuestro mercado de trabajo, tanto por lo que hace referencia a sus datos de actividad y empleo como a las elevadas tasas de desempleo que presenta. Se propone establecer distintas intensidades incentivadoras en función, principalmente, de la tipología de discapacidad y de la especial dificultad para el empleo que puedan presentar algunas personas con discapacidad. También el tamaño de las empresas y la capacidad organizativa de cada una de ellas deben ser factores a tener en cuenta a la hora de determinar el importe de los incentivos económicos a aplicar en cada caso.
El capítulo finaliza con el estudio de la obligación de realizar ajustes razonables, sus carencias y sus exigencias, introduciendo la experiencia comparada que sin duda permitiría abordar la futura reforma con una perspectiva mayor y con el estudio de los CEE distinguiendo su tipología y materializando soluciones de futuro que permitiría dar cumplimiento a la normativa internacional y europea, teniendo muy presente la doctrina del TJUE.
- Capítulo XI. Presupuestos y recursos económicos públicos destinados al empleo de las personas con discapacidad.
El último capítulo, el undécimo, constituye un riguroso estudio económico que analiza los “presupuestos y recursos económicos públicos destinados al empleo de las personas con discapacidad”. Uno de los aspectos clave para conocer la realidad de las personas con discapacidad, es sin duda el conocimiento de la magnitud y evolución del gasto público de las administraciones públicas en esta materia.
En este capítulo de cierre del LBED se presenta un análisis metodológico de seguimiento y evaluación del gasto público en discapacidad en nuestro país (2018-2021) muy cuidadoso y exhaustivo, presentando datos empíricos del presupuesto y los recursos económicos que las Administraciones Públicas destinan al empleo de las personas con discapacidad, bien mediante medidas de empleo específicas o bien mediante medidas de apoyo para eliminar los obstáculos que impiden su participación u otras medidas que son estudiadas por los autores y autoras.
El capítulo resulta novedoso, necesario y actual el análisis comparativo entre las distintas CCAA además de útil al ser complementado con tablas de elaboración propia que evidencian y visibilizan en función del ámbito geográfico los recursos económicos públicos y presupuestos destinados y dirigidos a la empleabilidad de las personas con discapacidad, concluyendo que los recursos presupuestarios destinados a favorecer la incorporación al mercado de trabajo de las personas con discapacidad son una inversión y no un gasto, su vulnerabilidad y su participación en la sociedad mediante el acceso al empleo tiene un impacto económico y social positivo. Su impacto económico a título individual es clave, contar con ingresos propios derivados del empleo, disminuye las probabilidades de pobreza, máxime si tenemos en cuenta la cuantía de las prestaciones no contributivas que un gran número de estas personas son beneficiarias. Los mayores ingresos vía empleo también repercuten positivamente en la actividad económica por los gastos e inversiones que puedan realizar.
Conclusión
En definitiva, disponer de un Libro Blanco sobre Empleo y Discapacidad implicaba abrir un amplio debate social sobre los contenidos más cruciales que comporta el empleo y el derecho al trabajo en una importante franja poblacional como son las personas con discapacidad en España. Constituye una obra científica, los autores y autoras son profesores y profesoras universitarias pertenecientes a once universidades UCLM, UCM, U. Alcalá de Henares, U. Carlos III de Madrid, URJC, ULL, U Vigo, U León, UAB, UNED, U. Católica de Valencia, además la participación decisiva de los interlocutores sociales CEOE, CCOO y UGT enriquece, sin duda, la obra dándole una visión poco conocida y central con incidencia de manera propicia en la situación de las personas con discapacidad en el mundo laboral, tanto en referencia al empleo ordinario y protegido.
En el LBED se analizan los obstáculos y sus consecuencias para lograr el fin obligado, la plena inclusión de las personas con discapacidad
En el LBED se analizan los obstáculos y sus consecuencias para lograr el fin obligado, la plena inclusión de las personas con discapacidad, destacando el papel central del Tercer Sector de la Discapacidad, la importancia de incorporar las cuestiones relativas a la discapacidad como parte integrante de las estrategias pertinentes de los Objetivos de Desarrollo Sostenible, el reconocimiento que la discriminación contra cualquier persona por razón de su discapacidad constituye una vulneración de la dignidad y los derechos fundamentales, el reconocimiento además a la diversidad de las personas con discapacidad, y el reconocimiento de la necesidad de promover y proteger los derechos humanos de todas las personas con discapacidad, incluidas aquellas que necesitan un apoyo más intenso, para a continuación enumerar los tratamientos y propuestas que podrían hacer invertir estas permanentes y clásicas tendencias en los diferentes niveles o espacios en los que éstas cobran cuerpo, teniendo en cuenta que una política no inclusiva invade espacios públicos, debilita el sistema democrático, la solidaridad y los derechos fundamentales, por lo que resulta obligado realizar una labor insoslayable en la construcción de un nuevo marco normativo integrador en las políticas públicas dirigidas a las personas con discapacidad que promuevan el desarrollo interno e íntegro de las múltiples y variadas normas internaciones y así ejecutar a través de las constantes intervenciones estatales, autonómicas y de las normas internacionales, por todas, la CDPD y la Carta Social Europea.
La discapacidad íntimamente ligada con los derechos humanos, es algo que hoy en día no se discute, pero las políticas públicas basadas en multiplicidad de modelos como se manifiesta en el LBED no han resultado del todo efectivas o son muy lentas para lograr al fin deseado, erradiquemos definitivamente la discriminación de las personas con discapacidad, este LBEP seguro que servirá para ello. Un Libro Blanco para el debate y la reflexión científica, legislativa y política son los mejores cimientos para llevar a cabo un proyecto común, y este documento (de 1136 páginas) es un instrumento de análisis en un momento transcendental que debe dar lugar a nuevos avances e innovadoras ideas para contribuir y reivindicar el mencionado “Derecho de la Discapacidad”, como una rama del ordenamiento jurídico que engloba el conjunto de principios y de normas reguladoras de la discapacidad, así como de los órganos y procedimientos para la defensa de los derechos de las personas con discapacidad o en situación de discapacidad donde el empleo y el trabajo con derechos de las personas con discapacidad sea una autentica realidad.