Electronic

Traducción automática

El presente sitio Web está traducido a varias lenguas españolas oficiales en sus respectivos territorios, de conformidad con lo establecido en el artículo 3 de la Constitución Española de 1978 y sus Estatutos de Autonomía.

Las lenguas son el catalán, el euskera, gallego, valenciano, inglés y francés. Se advierte que, con carácter general, puede existir un desfase entre la versión en castellano y en las otras lenguas, derivado del proceso de traducción a las mismas.

DO Cobraré unemployment allowance or after the termination of a public office or trade union?

¿Cobraré paro o subsidio cuando acabe mi cargo público o sindical?

Sí, pueden cobrar ayuda por desempleo:

 

• Las personas que ocupan altos cargos en las administraciones públicas, siempre que:

 

o No sean funcionarios o funcionarias.

 

o Y solo trabajen en eso y cobren por ello.

 

Pero sí al dejar el cargo reciben otro tipo de ayuda o compensación, entonces no podrán cobrar la ayuda por desempleo.

 

• Y las personas que ocupen cargos representativos en los sindicatos, siempre que:

 

o Trabajen en eso, aunque también trabajen en otra cosa.

 

o Y cobren dinero por ello.

 

Pero:

 

• Si tenías otro trabajo en el momento en el que fuiste elegida para el cargo público o sindical, y cuando has dejado ese cargo público o sindical, no puedes volver a la empresa, porque ya no existe,porque te despiden o por otras razones, podrás cobrar la ayuda por desempleo. Para ello se tendrán en cuenta los días que has cotizado, incluidos los días cotizados antes de aceptar ese cargo público o sindical, que te correspondan.

 

• Si estabas cobrando una ayuda por desempleo cuando empezaste a trabajar de forma exclusiva en ese cargo, es decir, solo trabajas en eso, se paró la ayuda.

 

Y cuando dejes el cargo podrás elegir entre volver a cobrarla o recibir una nueva ayuda si has cotizado lo suficiente.

Para hacer tu trámite online pincha aquí.

Para pedir cita previa para la oficina de empleo pincha aquí.